Respuesta de la CRA sobre metodologías tarifarias y reserva de información financiera
Proviene de: Conceptos
13 de marzo de 2025 0:20:21
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) aclaró diversos aspectos sobre las metodologías tarifarias y la reserva de información financiera y comercial de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, en respuesta a un derecho de petición presentado por el Acueducto Rural San José Multiveredal de Cachipay.
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) emitió una respuesta detallada al derecho de petición radicado por el Acueducto Rural San José Multiveredal (ASJM) de Cachipay. Entre los puntos abordados, se destacan las metodologías tarifarias vigentes y la restricción para divulgar información financiera y comercial de los prestadores de servicios públicos.
Metodologías tarifarias aplicables
La CRA reafirmó que las tarifas de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en Colombia se determinan bajo el régimen de libertad regulada, según lo establecido en el artículo 88 de la Ley 142 de 1994. Esto implica que las tarifas son fijadas por las entidades tarifarias locales (como juntas directivas de prestadores o alcaldes municipales), pero deben calcularse conforme a las metodologías definidas por la CRA.
Para el cálculo de costos de referencia, se aplican las Resoluciones CRA 688 de 2014 y CRA 825 de 2017. La primera aplica a prestadores con más de 5,000 suscriptores urbanos, mientras que la segunda regula a aquellos con menos de 5,000 suscriptores en áreas urbanas y rurales. Ambas resoluciones fueron compiladas en la Resolución CRA 943 de 2021, disponible para consulta pública en la página web de la entidad.
Reserva de información financiera
En cuanto a la solicitud de acceso a los estudios de costos presentados por el ASJM, la CRA explicó que dichos documentos están protegidos por el régimen de reserva de información comercial y financiera, tal como lo establece la Ley 142 de 1994 y el Código de Comercio. Esto significa que solo el titular de dicha información, sus apoderados o personas autorizadas expresamente pueden acceder a ella, salvo que medie una orden judicial o administrativa.
Socialización del contrato de condiciones uniformes
Respecto a la petición de socializar el contrato de condiciones uniformes aprobado por la CRA en el año 2022, la entidad indicó que esta obligación recae directamente en el prestador del servicio, en cumplimiento de lo estipulado en el modelo de contrato adoptado mediante la Resolución CRA 873 de 2019. La CRA trasladó esta solicitud al ASJM para que informe y cumpla con los derechos de sus usuarios.
Traslado a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Finalmente, la CRA recordó que la entidad encargada de inspeccionar y vigilar el cumplimiento de las leyes y metodologías tarifarias es la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD). Por ello, se dio traslado a esta entidad para que revise el caso y actúe dentro de sus competencias.
Esta respuesta reafirma el compromiso de la CRA con la transparencia y la correcta aplicación de las normativas vigentes, mientras se asegura el cumplimiento de los derechos de los usuarios y la reserva de información sensible de los prestadores.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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