La CRA aborda consulta tarifaria sobre alternativas de disposición final en el servicio público de aseo
Proviene de: Conceptos
13 de marzo de 2025 0:20:28
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) respondió a una solicitud de concepto tarifario sobre el cobro de alternativas de disposición final en el servicio público de aseo, destacando los lineamientos normativos y las restricciones tarifarias actuales.
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) emitió respuesta a una consulta presentada por el Grupo Terra Zan S.A.S. E.S.P. respecto al cobro tarifario de alternativas a la disposición final en el servicio público de aseo, específicamente mediante la técnica de compostaje. La comunicación aborda conceptos normativos clave y ofrece aclaraciones sobre las metodologías tarifarias aplicables.
Fundamentos normativos
La CRA destacó que los conceptos que emite tienen carácter orientativo y no vinculante, según lo establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Asimismo, recordó que el régimen del servicio público de aseo está regulado por la Ley 142 de 1994 y los decretos reglamentarios, como el Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1784 de 2017, que incluye disposiciones sobre el tratamiento de residuos sólidos orgánicos.
Además, la Resolución CRA 943 de 2021 define la metodología de costos y tarifas para actividades del servicio público de aseo, incluyendo alternativas a la disposición final. En este marco, se establece que el costo trasladado a los usuarios no debe exceder la suma del costo de disposición final y el costo de tratamiento de lixiviados.
Restricciones tarifarias y estudios en curso
La CRA aclaró que, aunque las tarifas actuales reconocen un costo denominado "alternativa a la disposición final", la metodología tarifaria vigente aún no desarrolla mecanismos específicos para trasladar estos costos a los usuarios. Por ello, la entidad está llevando a cabo estudios regulatorios para actualizar el marco tarifario, buscando reflejar los costos reales de estas actividades y destacar sus beneficios ambientales, sociales y económicos.
Infraestructura regional y gestión de residuos
Respecto a la posibilidad de que una empresa reciba residuos de municipios distintos al que genera los desechos, la CRA indicó que los municipios y distritos tienen la responsabilidad de definir esquemas de gestión en sus Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS). Sin embargo, plantas de tratamiento, al igual que rellenos sanitarios, pueden ser de carácter regional, siempre que cumplan con requisitos técnicos, ambientales y normativos, como el uso de básculas de pesaje para el control de residuos.
Implicaciones y próximos pasos
La respuesta de la CRA subraya la importancia de cumplir con las normativas vigentes y resalta que los estudios en curso buscarán establecer una fórmula tarifaria adecuada para el tratamiento de residuos sólidos orgánicos. Estos avances serán publicados en el sitio web de la entidad para consulta pública.
Este pronunciamiento reafirma el compromiso regulatorio de la CRA con la sostenibilidad y la eficiencia en la prestación del servicio público de aseo, mientras se trabaja en actualizar el marco tarifario para reflejar las realidades del sector.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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