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Requisitos para constituir una empresa transportadora de gas: orientación de la Superservicios

Proviene de: Conceptos

13 de marzo de 2025 0:19:32

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) emitió un concepto detallado sobre los procedimientos legales y normativos para constituir una empresa transportadora de gas, enfatizando requisitos societarios, inscripción en el RUPS, y cumplimiento de regulaciones específicas. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) ha emitido un concepto jurídico para orientar sobre los requisitos y procedimientos necesarios para la constitución de una empresa transportadora de gas que pueda operar como Empresa de Servicios Públicos (ESP). Este concepto aclara aspectos fundamentales relacionados con la normativa aplicable y los pasos a seguir para cumplir con las disposiciones legales vigentes. Conformación societaria y naturaleza jurídica De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 142 de 1994, las empresas prestadoras de servicios públicos deben constituirse como sociedades por acciones, lo que significa que pueden adoptar las siguientes modalidades: sociedad anónima, sociedad en comandita por acciones, o sociedad por acciones simplificada (SAS). Además, se destacó que la naturaleza jurídica de estas empresas puede ser oficial, mixta o privada, dependiendo del porcentaje de capital público o privado que las conforme. Es importante resaltar que, según el artículo 22 de la misma ley, estas empresas no necesitan permisos para desarrollar su objeto social. Sin embargo, antes de iniciar operaciones, deberán obtener las concesiones, permisos y licencias exigidos por los artículos 25 y 26 de la Ley 142, según la naturaleza de sus actividades. Registro Único de Prestadores (RUPS) La SSPD enfatizó la obligatoriedad de inscribirse en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS), una herramienta clave para la supervisión y control de las empresas del...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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