Control metrológico para medidores de gas: nueva regulación en Colombia
Control metrológico para medidores de gas: nueva regulación en Colombia
Proviene de: Proyectos de Resolución
19 de marzo de 2025 14:38:56
La Superintendencia de Industria y Comercio ha emitido una resolución que establece un reglamento técnico para los medidores de gas de uso residencial. La normativa busca garantizar la calidad de las mediciones y proteger a los usuarios del servicio público domiciliario de gas. La resolución entrará en vigencia seis meses después de su publicación.
Este reglamento técnico metrológico, incluido como el Capítulo Décimo Segundo en el Título VI de la Circular Única, establece requisitos técnicos, metrológicos y administrativos para garantizar la precisión y confiabilidad de las mediciones realizadas por estos dispositivos.
Objetivo y alcance
El reglamento tiene como propósito prevenir errores en las mediciones, proteger los derechos de los consumidores y asegurar la calidad de los medidores utilizados en hogares colombianos. Abarca tanto medidores mecánicos como electrónicos y dispositivos auxiliares, especificando las tecnologías y principios que deben cumplir para garantizar un servicio confiable.
La normativa aplica a todos los medidores de gas destinados al servicio público domiciliario en el ámbito residencial, excluyendo equipos diseñados para gases licuados, vapor o gas natural comprimido. Además, se establece que los medidores deben cumplir con estándares internacionales como la Recomendación OIML R 137 y la Norma Técnica Colombiana NTC 6337-1:2019.
Principales requisitos
Entre los aspectos más destacados, el reglamento exige que los medidores sean sometidos a pruebas rigurosas de calidad, incluyendo:
- Evaluaciones de exactitud y durabilidad: Los medidores deben mantener tolerancias de error máximo permisible según su clase de exactitud.
- Condiciones de operación: Los dispositivos deben funcionar adecuadamente en rangos específicos de temperatura, presión y caudal.
- Componentes electrónicos: En el caso de medidores electrónicos, se establecen requisitos de software para garantizar la integridad de los datos y la protección contra manipulaciones fraudulentas.
Obligaciones de productores e importadores
Las empresas que fabriquen o importen medidores de gas deberán demostrar la conformidad de sus productos con el reglamento técnico. Esto incluye presentar certificados de examen de tipo o aprobación de modelo, garantizar la trazabilidad de los dispositivos mediante un sistema de identificación única, y registrar los modelos en el Sistema de Información de Metrología Legal (SIMEL).
Además, los productores e importadores deben incluir manuales de instalación y operación en español, tomar medidas para retirar del mercado los dispositivos que no cumplan con la normativa, y garantizar el acceso a la documentación requerida por la SIC.
Impacto y entrada en vigencia
La Superintendencia de Industria y Comercio será la autoridad encargada de inspeccionar y vigilar el cumplimiento de esta normativa. Las sanciones por incumplimiento pueden incluir multas según lo establecido en la Ley 1480 de 2011.
La resolución comenzará a regir seis meses después de su publicación en el Diario Oficial, y los medidores producidos o importados antes de esa fecha podrán comercializarse por un periodo máximo de 12 meses. Esta transición busca permitir la adaptación del mercado a los nuevos estándares.
En síntesis, esta regulación representa un avance significativo en la garantía de calidad y transparencia en el servicio público domiciliario de gas, beneficiando tanto a consumidores como a proveedores del sector energético.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.