Coljuegos modifica esquema de operación de máquinas electrónicas tragamonedas
Proviene de: Proyectos de Resoluciones
27 de marzo de 2025 15:31:39
Coljuegos, la entidad encargada de administrar el monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar en Colombia, ha expedido una nueva resolución que modifica aspectos clave del esquema de operación de las máquinas electrónicas tragamonedas (MET) en locales cuya actividad comercial principal no corresponde a juegos de azar. Estas modificaciones buscan mantener una oferta regulada y efectiva que cumpla con los estándares legales y garantice el interés público.
Cambios en el número de elementos de juego por local
Uno de los principales ajustes se encuentra en el artículo 5, que regula el número de elementos de juego permitido según la población del municipio donde opera el local. Los límites establecidos son:
| Habitantes del municipio | Máximo de elementos de juego | Área mínima requerida (m²)
---------------------------|-----------------------------|----------------------------
Más de 50,001 | Hasta 4 | 6.00
De 25,000 a 50,000 | Hasta 3 | 5.00
Menos de 25,000 | Hasta 2 | 3.00 |
Además, los operadores podrán solicitar la inscripción de hasta el 10% de los establecimientos autorizados como disponibles para el traslado de elementos o la ubicación de nuevos elementos de juego, garantizando el cumplimiento de los requisitos establecidos.
Regulación de premios y retorno al jugador
El artículo 12 establece límites claros para los premios que pueden otorgarse. Cada premio generado por las máquinas no podrá superar los 392 UVT en apuestas normales y 784 UVT en apuestas progresivas interconectadas. Asimismo, las máquinas deben garantizar un retorno mínimo del 82.5% a los jugadores, asegurando transparencia y equidad en las operaciones.
Medios de pago y manejo de créditos no redimidos
La resolución también regula los medios de pago. Los elementos de juego ubicados en locales con clasificación industrial específica solo podrán operar con dinero en efectivo a través de terminales de venta, evitando pagos directos de las máquinas. Los créditos no redimidos tendrán un tratamiento especial, dependiendo de su valor, y deberán ser reportados como ingresos del monopolio rentístico o como premios no reclamados según la Ley 1393 de 2010.
Protección de datos personales
En cuanto a la información de los jugadores, el artículo 19 prohíbe la solicitud de datos personales, salvo en casos específicos relacionados con reportes legales, retenciones o actividades promocionales.
Implicaciones y entrada en vigor
La resolución busca establecer un marco regulatorio más detallado para garantizar la explotación efectiva del monopolio rentístico, proteger al consumidor y fomentar la transparencia en el sector. Las nuevas disposiciones entrarán en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial, y las reglas anteriores que no fueron modificadas permanecerán vigentes.
Con estas modificaciones, Coljuegos reafirma su compromiso de mantener un control estricto sobre las operaciones de máquinas electrónicas tragamonedas y su impacto en el sector de juegos de azar en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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