El Ministerio de Salud regula el registro de negaciones en servicios y tecnologías de salud
Proviene de: Proyectos de Resoluciones
2 de abril de 2025 16:35:29
Garantizando el derecho a la salud
El Ministerio de Salud y Protección Social ha emitido una resolución que regula el registro de negaciones de servicios y tecnologías de salud en los regímenes contributivo y subsidiado. Esta medida responde a mandatos de la Corte Constitucional, particularmente a la orden decimonovena de la Sentencia T-760 de 2008 y sus autos de seguimiento, que buscan garantizar el acceso efectivo al derecho fundamental a la salud. La resolución entrará en vigencia el 1° de julio de 2025 y reemplazará la Resolución 3539 de 2019.
Fuentes de información y procedimiento
El registro de negaciones se basará en fuentes como Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias (PQRDS), tutelas y reportes de entidades territoriales y Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB). La Superintendencia Nacional de Salud será la encargada de consolidar esta información, identificar negaciones sin justa causa y solicitar aclaraciones a las entidades implicadas.
El procedimiento incluye la elaboración de informes técnicos que determinen si un servicio o tecnología fue negado sin justificación. En caso de confirmarse la negación, se ordenará el reintegro de los recursos financiados con cargo a la prima de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), ajustados al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Criterios y excepciones
La resolución establece que solo se aceptarán como justa causa de negación eventos como la escasez de medicamentos certificada por el INVIMA, la negativa del paciente a recibir el tratamiento, exclusiones explícitas del Plan de Beneficios en Salud (PBS) o la falta de afiliación del usuario al momento de la solicitud.
Impacto en el sistema de...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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