Concepto del Ministerio de Transporte sobre el uso de chalecos y prendas reflectivas para motociclistas
Proviene de: Conceptos
8 de abril de 2025 15:1:58
Requisitos para el uso de prendas reflectivas
El Ministerio de Transporte, mediante un concepto emitido el 25 de febrero de 2025, respondió a una consulta sobre las normas aplicables al uso de chalecos o prendas reflectivas para motociclistas en Colombia, en especial en el Valle de Aburrá. La entidad basó su respuesta en el artículo 94 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito) y el artículo 96, modificado por la Ley 2251 de 2022, que regulan el uso de estos elementos de seguridad.
Según la normativa vigente, los conductores y acompañantes de motocicletas deben portar chalecos o chaquetas reflectivas que sean visibles entre las 18:00 y las 6:00 horas del día siguiente, o en condiciones de baja visibilidad. El objetivo es garantizar la seguridad vial al aumentar la visibilidad de los usuarios en la vía.
Ausencia de especificaciones técnicas obligatorias
El Ministerio destacó que las disposiciones actuales no incluyen requisitos técnicos específicos, como el nivel de reflectancia o las características fotométricas de las prendas. Sin embargo, se hace referencia a la Norma Técnica Colombiana (NTC) 5563, que establece criterios sobre prendas de señalización de alta visibilidad. Aunque esta norma no es de cumplimiento obligatorio, se considera un referente útil para el diseño y uso adecuado de estas prendas.
Implicaciones para los motociclistas
El incumplimiento de estas normas puede resultar en sanciones, como lo establece el artículo 131 de la Ley 769 de 2002, modificado por la Ley 1383 de 2010. Conducir una motocicleta sin observar los requisitos de visibilidad puede ser sancionado con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.
Recomendaciones finales
El Ministerio concluyó que, aunque la normativa no obliga a cumplir con las especificaciones técnicas de la NTC 5563, los motociclistas deberían optar por prendas que generen un contraste efectivo y mejoren su visibilidad. Esto no solo cumple con los requisitos legales, sino que también contribuye a reducir los riesgos asociados con la conducción nocturna o en condiciones de baja visibilidad.
Este concepto, según el Ministerio, tiene carácter orientativo y no es vinculante, en cumplimiento del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Sin embargo, constituye una guía importante para garantizar la seguridad de los usuarios de motocicletas en el país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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