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La CREG responde inquietudes sobre notificaciones en instalaciones internas de gas

Proviene de: Conceptos

7 de abril de 2025 21:52:34

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió una respuesta oficial respecto a las inquietudes presentadas por una ciudadana sobre las revisiones periódicas de las instalaciones internas de gas. Los puntos tratados incluyen la facultad exclusiva de las distribuidoras de gas para notificar a los usuarios sobre la obligación de realizar dichas revisiones, así como el alcance de los mensajes emitidos por los Organismos de Inspección Acreditados (OIA).

Obligaciones de las distribuidoras de gas

Según lo dispuesto en el numeral 5.23 de la Resolución CREG 067 de 1995, modificado por la Resolución CREG 059 de 2012, la responsabilidad de notificar a los usuarios sobre la obligación de realizar las revisiones periódicas recae exclusivamente en las empresas distribuidoras de gas. Estas deben enviar la notificación en forma escrita y anexarla a la factura del servicio. Además, las facturas emitidas en los meses previos al vencimiento del plazo máximo de revisión deben incluir información adicional sobre dicho vencimiento.

Publicidad por parte de los OIA

La actividad de revisión periódica de las instalaciones internas de gas se desarrolla bajo un esquema de libre competencia, permitiendo que los Organismos de Inspección Acreditados (OIA) promocionen sus servicios de manera informativa y publicitaria. Sin embargo, la CREG reiteró que la competencia para notificar a los usuarios sobre la obligación de realizar la revisión periódica es exclusiva de las distribuidoras de gas, en los términos y plazos establecidos por la normativa vigente.

Marco normativo y funciones de la CREG

La CREG recordó que, en virtud de las leyes 142 y 143 de 1994, su función...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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