Tribunal Administrativo de Caldas niega acción popular contra Invías por ingreso al barrio Estambul
Tribunal Administrativo de Caldas niega acción popular contra Invías por ingreso al barrio Estambul
Proviene de: Sentencias
14 de abril de 2025 14:59:11
Antecedentes del caso
En el proceso, la demandante acusó al Instituto Nacional de Vías (Invías) de vulnerar los derechos colectivos de los habitantes del barrio Estambul, en Manizales, al modificar el acceso a la zona con la construcción de la doble calzada Honda-Manizales. Según la acción popular, estas modificaciones obligan a los vehículos a recorrer varios kilómetros adicionales para ingresar al barrio, lo que habría generado dificultades de movilidad y acceso, incluso para vehículos de emergencia.
Argumentos de las partes
El Invías argumentó que las obras fueron realizadas conforme a estándares técnicos de seguridad y que el acceso al barrio Estambul no fue cerrado, sino reorganizado para cumplir con las normas de tránsito. Antes de las obras, el ingreso al barrio se realizaba mediante un giro a la izquierda que infringía la normativa vial al cruzar una línea amarilla continua, lo cual representaba un peligro para la seguridad de conductores y peatones.
Asimismo, Invías destacó que las nuevas condiciones de la vía, con retornos ubicados a 700 metros en promedio, buscan garantizar la seguridad vial sin perjudicar la movilidad. Por su parte, la alcaldía de Manizales y los contratistas involucrados en la obra respaldaron estos argumentos, destacando que no existían pruebas concluyentes de las afectaciones alegadas.
Decisión del Tribunal
El Tribunal Administrativo de Caldas declaró probada la excepción de "carencia de prueba de vulneración o amenaza de derechos colectivos". En su sentencia, la Sala Cuarta concluyó que:
- No se modificaron las condiciones de ingreso al barrio Estambul, ya que el giro a la izquierda para acceder al barrio estaba previamente prohibido por normas de tránsito.
- Las obras garantizan la seguridad vial mediante retornos técnicamente diseñados y reducen los riesgos para peatones y conductores.
- No se presentaron evidencias de que los vehículos de emergencia o taxistas hayan tenido dificultades significativas para acceder al barrio.
Impacto de la sentencia
El fallo refuerza la importancia de las normas técnicas y de seguridad vial en proyectos de infraestructura, destacando que las adecuaciones realizadas no solo mejoraron la movilidad, sino que también garantizaron la seguridad de los usuarios de la vía. Además, la decisión recalca que las acciones populares requieren de pruebas sólidas para demostrar la vulneración o amenaza a derechos colectivos.
Finalmente, el Tribunal ordenó enviar copia de la sentencia a la Defensoría del Pueblo, pero no impuso condenas en costas ni agencias en derecho, dado que las pretensiones de la parte actora no prosperaron.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.