Superintendencia Nacional de Salud emite instrucciones para el saneamiento de cuentas en el sector salud
Proviene de: Proyectos de Circulares
21 de abril de 2025 14:39:50
¿Qué establece la Circular Externa?
La Circular Externa, emitida por la Superintendencia Nacional de Salud, establece instrucciones claras para que las Entidades Promotoras de Salud (EPS), entidades territoriales y otros actores involucrados realicen procesos de conciliación, depuración y saneamiento de cuentas por pagar. Este esfuerzo busca garantizar una administración más eficiente de los recursos del SGSSS y mejorar el flujo operativo en el sector salud.
A quiénes afecta
Las disposiciones aplican a las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado, incluidas las indígenas, las entidades adaptadas y las entidades territoriales del orden departamental y distrital. También involucra a los prestadores de servicios de salud, gestores farmacéuticos y operadores logísticos de tecnologías en salud.
Principales instrucciones
1. Cronogramas de conciliación y depuración: Las entidades deben establecer cronogramas semestrales para realizar procesos de conciliación. Este cronograma debe priorizar acreedores según criterios como antigüedad de la cartera, monto de la deuda y presencia de glosas.
2. Reportes periódicos: Las entidades deberán presentar tres tipos de reportes trimestrales:
- FT038: Cronograma de conciliación.
- FT039: Resultados del proceso de conciliación.
- FT040: Avance del proceso de conciliación.
Estos archivos deben ser enviados en formato específico (TXT con separación pipeline) y firmados digitalmente por el representante legal, contador y revisor fiscal de cada entidad.
3. Publicación de información: En cumplimiento de la Ley de Transparencia (Ley 1712 de 2014), las entidades deben publicar en sus páginas web avances trimestrales del proceso de conciliación.
Impacto en el sector salud
La implementación de estas medidas busca depurar cuentas pendientes, resolver glosas y mejorar la solvencia financiera de las entidades del sector salud. Esto no solo optimiza la gestión de recursos, sino que también contribuye a garantizar la prestación adecuada de servicios de salud a la población.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de las disposiciones de la Circular Externa puede dar lugar a infracciones administrativas, según lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley 1438 de 2011, modificado por la Ley 1949 de 2019.
Vigencia
La Circular entra en vigor desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud. El primer reporte bajo los nuevos lineamientos deberá realizarse a más tardar el 20 de agosto de 2025.
La iniciativa marca un paso significativo hacia una mayor transparencia y eficiencia en la gestión financiera del sistema de salud, beneficiando tanto a los actores del sector como a la ciudadanía. Con estas medidas, se espera lograr un impacto positivo en la calidad y sostenibilidad del sistema de salud en el país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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