Prosperidad Social reglamenta ayuda humanitaria monetaria para personas mayores víctimas de desplazamiento forzado
Proviene de: Proyectos de Resolución
21 de abril de 2025 16:18:7
Un marco regulatorio para proteger a las personas mayores víctimas
En respuesta a las necesidades generadas por el Estado de Conmoción Interior declarado en la región del Catatumbo, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social ha expedido una resolución que establece los criterios para la entrega de ayudas humanitarias monetarias a personas mayores víctimas de desplazamiento forzado o confinamiento. Este esfuerzo busca garantizar un acceso equitativo y transparente a los recursos públicos destinados a este grupo vulnerable.
El documento, que da cumplimiento al Decreto Legislativo 0323 de 2025, define criterios claros para la focalización, identificación, priorización y asignación de los beneficiarios, con el objetivo de asegurar que los recursos lleguen a quienes más los necesitan. Además, establece un esquema de dispersión de las ayudas monetarias que se realizará mensualmente durante la vigencia fiscal de 2025.
Objetivo y alcance del proyecto
El propósito central de la resolución es garantizar que las personas mayores afectadas por las crisis humanitarias relacionadas con el Estado de Conmoción Interior puedan acceder a recursos que les permitan cubrir necesidades básicas, como vestimenta, transporte, conectividad y otros bienes esenciales para su sostenimiento digno. Se calcula que hasta diez pagos mensuales podrán ser entregados a cada beneficiario durante el año, dependiendo de su ingreso al programa.
El impacto esperado del proyecto incluye una mejora en las condiciones de vida de las personas mayores afectadas, un fortalecimiento de los principios de justicia social y una contribución significativa a la protección de los derechos fundamentales de estos ciudadanos.
Disposiciones clave y mecanismos innovadores
La resolución introduce medidas específicas para garantizar la transparencia y trazabilidad en la gestión de los recursos. Entre las disposiciones más relevantes se encuentran:
- La creación de listados censales y bases de datos confiables para identificar y seleccionar a los beneficiarios.
- La definición de criterios de entrada, que priorizan a los mayores de 60 años afectados por desplazamiento forzado o confinamiento relacionado con los hechos que motivaron el Estado de Conmoción Interior.
- Un esquema de priorización basado en la edad y eventos agravantes, para determinar quiénes recibirán la ayuda en caso de que la demanda supere la oferta.
- Modalidades de dispersión que incluyen giros presenciales y abonos bancarios directos, adaptándose a las necesidades de los beneficiarios.
Además, se establecen medidas de control fiscal, como validaciones bimestrales de las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios, para evitar irregularidades y asegurar la correcta aplicación de los recursos.
Transparencia y participación ciudadana
En cumplimiento de la normativa vigente, Prosperidad Social ha publicado el texto completo de la resolución en su página web y en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP), permitiendo a la ciudadanía revisar y enviar comentarios durante un periodo de consulta. Este proceso busca garantizar la participación activa de los ciudadanos y fortalecer la legitimidad del proyecto.
Beneficiarios y entidades involucradas
La reglamentación beneficiará principalmente a personas mayores de 60 años que hayan sido víctimas de desplazamiento forzado o confinamiento en la región del Catatumbo y áreas cercanas afectadas por la crisis. Las comunidades étnicas también serán incluidas, utilizando listados censales registrados por autoridades étnicas ante el Ministerio del Interior.
Entre las entidades
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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