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La Corte Suprema define competencia territorial en proceso contra Bancolombia S.A.

Proviene de: Sentencias

9 de mayo de 2025 10:3:33

Antecedentes del conflicto

El caso surge a partir de una demanda promovida contra Bancolombia S.A., Leasing Bancolombia y otras sociedades, en la que se solicita declarar la simulación absoluta de una escritura pública y de un contrato de compraventa relacionados con inmuebles y acciones. La demanda fue inicialmente presentada ante el Juzgado del Circuito de Barranquilla, argumentando la competencia territorial basada en el lugar de ubicación del inmueble. El Juzgado Trece Civil del Circuito de Oralidad de Barranquilla rechazó la demanda por falta de competencia territorial, señalando que dos de las sociedades demandadas se encontraban liquidadas y que Bancolombia y su leasing tienen domicilio principal en Medellín. Por ello, sostuvo que la competencia correspondía a los juzgados de Medellín. Por su parte, el Juzgado Once Civil del Circuito de Oralidad de Medellín consideró que no le correspondía conocer el proceso y promovió el conflicto de competencia. Este juzgado argumentó que una de las sociedades demandadas activa tiene domicilio en Barranquilla, y que la decisión de rechazar la competencia de Barranquilla era prematura, pues podría afectar los derechos de la parte actora.

Consideraciones jurídicas

La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia analizó el caso con base en el Código General del Proceso y la Ley 270 de 1996. Se recordó que, como regla general, la competencia territorial corresponde al juez del domicilio del demandado, salvo disposiciones legales específicas. En el presente asunto, aunque la demanda fue dirigida inicialmente al juez de Barranquilla por la ubicación del inmueble, no se está ejerciendo un derecho real...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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