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Revocan sanción por desacato a jefe de Unidad Prestadora de Salud de la Policía Nacional en Cauca

Proviene de: Sentencias

8 de mayo de 2025 17:7:27

Antecedentes y proceso del incidente de desacato

En noviembre de 2017, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán ordenó a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional en Cauca brindar tratamiento integral a un paciente diagnosticado con hipoacusia neurosensorial bilateral, conforme a lo prescrito por su médico tratante. Años después, se promovió un incidente de desacato argumentando incumplimiento en la prestación del servicio, específicamente en la realización del procedimiento denominado “estimulación acústica con dispositivo tratamiento REVE 134 - CUPS 954804”. El jefe de la Unidad Prestadora de Salud (UPRES) Cauca informó que existió un error en la orden médica inicial emitida por una institución prestadora de salud externa, lo que impidió la correcta autorización y prestación del servicio. Además, explicó que la UPRES no contaba con contratos vigentes para realizar las terapias requeridas, por lo que gestionó la adjudicación presupuestal correspondiente para formalizar la contratación. Durante el trámite, el hospital involucrado aclaró que los servicios ordenados no estaban dentro de su oferta, por lo que la responsabilidad de autorizar y coordinar la atención recae en la aseguradora (UPRES-Cauca). El Tribunal ordenó abrir el incidente de desacato contra el jefe de la UPRES y su superior por incumplimiento del fallo.

Análisis y decisión de la Corte Suprema de Justicia

Al revisar el caso, la Corte Suprema destacó que el incidente de desacato debe limitarse a verificar si la orden judicial fue cumplida o no, sin reabrir debates sobre la sentencia original. Evaluó que, aunque inicialmente no se había programado la cita médica, posteriormente se expidió la autorización correspondiente para...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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