Antecedentes del caso
Una trabajadora del Instituto de Seguros Sociales instauró un proceso contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) y la fiduciaria administradora del Patrimonio Autónomo de Remanentes del ISS (PAR ISS), solicitando el reconocimiento de la pensión convencional pactada en la convención colectiva de trabajo (CCT) suscrita entre el ISS y su sindicato para el periodo 2001-2004. Además, reclamó la devolución de descuentos realizados, la reliquidación de cesantías, la inclusión en el retén social y el pago de indemnizaciones correspondientes. La demandante alegó haber cumplido los requisitos de edad y tiempo de servicio para acceder a la pensión prevista en la cláusula 98 de la CCT, basándose en sus periodos laborales tanto en el Hospital de Ipiales como en el ISS y el PAR ISS. Decisiones judiciales previas
En primera instancia, el juzgado laboral reconoció el derecho a la pensión convencional desde el 1° de junio de 2017 y condenó a la UGPP y PAR ISS al pago de retroactivos y diferencias pensionales, además de ordenar la restitución de descuentos. Sin embargo, en segunda instancia, el Tribunal Superior de Cali revocó parcialmente esa decisión, declarando ajustados a la ley los descuentos realizados y confirmando el derecho a la pensión convencional, pero limitando las obligaciones de las entidades demandadas. Fundamentos del recurso de casación y análisis de la Corte
La UGPP interpuso recurso de casación, argumentando que la demandante, tras la expedición del Decreto 1750 de 2003, tenía la calidad de empleada pública y no de trabajadora oficial, por lo...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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