La Corte Suprema confirma decisión sobre emisión y reliquidación de bono pensional tipo A
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2025 13:12:36
La Corte Suprema de Justicia resolvió un recurso de casación interpuesto contra la confirmación de una sentencia que negó la emisión y redención anticipada del bono pensional tipo A para efectos de reliquidar la pensión de vejez de un afiliado. En este proceso, se integraron como litisconsorcio necesario entidades como la administradora de fondos de pensiones, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) y la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
Antecedentes y proceso judicial
El afiliado demandó a la administradora para que se le liquidara el bono pensional correspondiente al tiempo laborado en una entidad estatal y que se reajustara su pensión de vejez incluyendo dicho bono y todos los factores salariales pertinentes, además de intereses moratorios e indexación.
La administradora reconoció la pensión inicial, pero argumentó que no se había emitido el bono pensional porque existían simultaneidades en las cotizaciones del afiliado, situación que impedía la emisión del bono y su incorporación para la reliquidación. La entidad realizó gestiones para aclarar estas simultaneidades con la entidad empleadora y otras entidades relacionadas, pero encontró obstáculos que retrasaron el trámite.
Los tribunales de primera y segunda instancia declararon improcedente la solicitud anticipada del bono pensional, considerando que el afiliado no había cumplido con todos los requisitos normativos para consolidar el derecho a su emisión y redención, configurándose así una excepción de petición antes de tiempo.
Decisión y fundamentos de la Corte Suprema
La Corte confirmó que para que el bono pensional tipo A se sume al capital de financiación de la pensión,...
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