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La Corte Suprema niega tutela por deserción de recurso de apelación en acción popular

Proviene de: Sentencias

14 de mayo de 2025 12:4:43

La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia resolvió una acción de tutela promovida contra la declaratoria de deserción del recurso de apelación en un proceso de acción popular acumulada. La tutela buscaba proteger el derecho fundamental al debido proceso, alegando que el Tribunal Superior había vulnerado este derecho al declarar desierto el recurso sin reconocer una sustentación anticipada realizada por la parte apelante.

Contexto del caso y procedimiento

El recurso de apelación fue interpuesto contra una sentencia que accedió a una acción popular, pero fue declarado desierto por el Tribunal Superior al no sustentarse en el plazo legal establecido. La parte apelante argumentó que se realizó una sustentación simultánea con la interposición del recurso, pero el Tribunal confirmó la deserción conforme a la normativa vigente.

Fundamentos jurídicos de la decisión

La Corte recordó que, según el artículo 322 del Código General del Proceso y el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, para que un recurso de apelación sea procedente debe sustentarse dentro de los cinco días siguientes a la admisión del recurso. La falta de sustentación o su presentación fuera de término conlleva la declaratoria de deserción del recurso. La Sala destacó que el Tribunal actuó conforme a estos preceptos y a la jurisprudencia consolidada, que establece que el incumplimiento de las cargas procesales impuestas para la sustentación del recurso no puede ser obviado. Además, aclaró que la acción de tutela no es el mecanismo adecuado para resolver diferencias de criterios judiciales, salvo en casos de evidente vulneración constitucional o vía...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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