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La Corte Suprema niega acción de tutela contra providencia judicial por notificación válida y extemporaneidad en contestación de demanda

Proviene de: Sentencias

9 de mayo de 2025 19:8:44

Contexto del caso

La acción de tutela fue instaurada contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en un proceso ordinario laboral que buscaba determinar la existencia de un contrato a término indefinido y el pago de salarios y prestaciones sociales. La demanda fue inicialmente inadmitida por defectos formales, los cuales fueron subsanados oportunamente, y admitida posteriormente. La autoridad judicial ordenó la notificación personal al demandado mediante correo electrónico, conforme a las disposiciones del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y la Ley 2213 de 2022. Sin embargo, el demandado formuló un incidente de nulidad por indebida notificación, alegando que no pudo acceder a todos los documentos adjuntos. La autoridad rechazó la nulidad y declaró no contestada la demanda por extemporaneidad en la contestación.

Argumentos y pronunciamiento de la Corte Suprema

La Corte Suprema revisó si la notificación del auto admisorio de la demanda fue realizada en debida forma y si la contestación efectivamente se presentó fuera del plazo legal. Se recordó que la notificación personal puede realizarse mediante mensaje de datos al correo electrónico proporcionado por el interesado, considerándose surtida tras dos días hábiles desde el envío, siempre que se conste el acceso o acuse de recibo. El tribunal constató que la notificación se efectuó correctamente, incluyendo el envío del auto que corrigió un error en el nombre de la parte demandante. Así, la notificación se tuvo por realizada el 2 de marzo de 2023, y el plazo para contestar expiró el 16 de marzo de 2023. La contestación presentada el 29...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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