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Dirección General Marítima adopta y actualiza el Código Internacional de Seguridad para Naves de Gran Velocidad en Colombia

Proviene de: Resoluciones

14 de mayo de 2025 12:7:46

Contexto y Emisor de la Resolución

La Dirección General Marítima (DIMAR) es la autoridad nacional encargada de ejecutar la política del Gobierno en materia marítima, incluyendo la dirección, coordinación y control de las actividades marítimas en Colombia, conforme al Decreto Ley 2324 de 1984 y el Decreto 5057 de 2009. En ejercicio de sus facultades legales para dictar reglamentaciones técnicas relacionadas con la seguridad marítima y la prevención de la contaminación, la DIMAR emitió la Resolución 0462-2025 MD-DIMAR-GRUCOG, fechada el 23 de abril de 2025 y publicada oficialmente el 28 de abril de 2025.

Objeto y Alcance de la Resolución

La resolución tiene como propósito principal adicionar el Capítulo 31 al Título 9 de la Parte 2 del REMAC 4, titulado “Actividades Marítimas”, para incorporar dentro del ordenamiento jurídico colombiano las resoluciones emitidas por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI). Estas resoluciones adoptan y enmiendan el Código Internacional de Seguridad para Naves de Gran Velocidad de 1994 (Código NGV 1994) y su versión de 2000 (Código NGV 2000). Este Código es un instrumento internacional que establece requisitos de seguridad específicos para las naves de alta velocidad, con el fin de proteger la vida humana en el mar y garantizar la seguridad de la navegación. La obligatoriedad de su cumplimiento está respaldada por el Capítulo X del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), que fue incorporado al marco normativo colombiano mediante la Ley 8ª de 1980.

Destinatarios y Relevancia

La resolución está dirigida principalmente a los operadores, armadores, capitanes...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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