El caso se originó por una demanda presentada en ejercicio del medio de control de reparación directa contra el Instituto Nacional de Vías (INVIAS), un consorcio interventor y una unión temporal constructora, debido a daños materiales y morales reclamados por la ejecución de un proyecto vial que afectó un predio privado. La demanda alegaba que la obra ocasionó deslizamientos, grietas y afectación a cultivos y ganadería, afectando el derecho de propiedad. El Tribunal Administrativo de Boyacá negó las pretensiones por considerar que no existía certeza sobre la ocurrencia del daño imputable a la ejecución del contrato, dado que la inestabilidad del terreno era previa a las obras y no se demostró la extracción de rocas ni afectaciones posteriores a la fecha alegada en la demanda. En apelación, la parte demandante cuestionó la valoración probatoria, señalando que existía evidencia documental y pericial que demostraba la extracción de piedras y los daños ocasionados. Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que aunque se probó la ocupación y extracción autorizada de una franja del terreno antes de la fecha alegada, no se acreditó el daño posterior necesario para configurar la responsabilidad extracontractual del Estado.
Principales aspectos del fallo
• Se confirmó que el predio afectado estaba identificado y ubicado con precisión, y que existió una autorización expresa para la intervención de una franja del terreno desde junio de 2011. • Se probó la extracción de piedras y la ocurrencia de deslizamientos en 2012, pero estos hechos ocurrieron antes de la fecha en la cual la demanda alegaba la ocurrencia del daño (octubre de...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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