La CRA aclara requisitos para la implementación de estudios tarifarios de aseo
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 11:1:58
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) respondió a una consulta formulada por la empresa prestadora del servicio público de aseo del municipio de Saboyá, Boyacá, respecto a la posibilidad de radicar e implementar un estudio tarifario elaborado en 2021 bajo la Resolución CRA 853 de 2018.
Carácter orientativo de los conceptos emitidos
En su concepto, la CRA recordó que, conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos tienen carácter orientativo y no vinculante, y no resuelven problemas específicos.
Régimen tarifario para municipios con hasta 5.000 suscriptores
La entidad explicó que la Resolución CRA 853 de 2018, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, establece un régimen tarifario basado en la libertad regulada para personas prestadoras del servicio público de aseo en municipios con hasta 5.000 suscriptores. Este régimen permite fijar precios máximos dentro de los lineamientos y metodologías establecidas por la CRA.
Según el artículo 5.3.5.1.4 de la Resolución CRA 943 de 2021, la metodología tarifaria se fundamenta en el costo medio e incorpora técnicas de precio techo y costos de referencia. La Entidad Tarifaria Local está facultada para fijar precios ajustados a rangos definidos para cada modalidad del servicio.
Importancia de la actualización de la información financiera y operativa
Un aspecto clave señalado es que los estudios tarifarios deben basarse en información financiera y operativa actualizada correspondiente al año fiscal inmediato anterior al período de facturación. Por ejemplo, para facturar en el primer semestre de 2025 se utiliza la información financiera del 2023; para el segundo semestre, la del 2024.
En este sentido, un estudio tarifario elaborado en 2021 se fundamentaría en datos fiscales anteriores y no sería válido para implementación actual. Por lo tanto, se requiere un nuevo estudio que contemple la información más reciente, atendiendo estrictamente los lineamientos de la Resolución CRA 853 de 2018.
Requisitos para la aplicación de la estructura tarifaria
Además, la empresa prestadora debe cumplir con ciertos requisitos para aplicar la estructura tarifaria, entre ellos:
- Informar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) y a la CRA dentro de los 15 días siguientes a la aprobación de las tarifas por la Junta Directiva o quien haga sus veces, salvo actualizaciones.
- Comunicar las tarifas nuevas a los usuarios y realizar una reunión con los Comités de Desarrollo y Control Social registrados, o en su defecto, convocar una audiencia pública, también dentro de los 15 días posteriores a la aprobación.
- Dar cumplimiento a lo establecido en la Circular CRA 1 de 2019, que regula la solicitud de conceptos respecto a estudios de costos.
Asesoría y recomendaciones finales
Finalmente, la CRA invitó a la empresa a contactar a la Subdirección de Regulación para asesoría en materia tarifaria.
Este concepto resalta la importancia de mantener actualizados los estudios tarifarios con información financiera y operativa vigente para garantizar la correcta aplicación de tarifas en el servicio público de aseo, conforme a la regulación establecida. De esta forma, se busca asegurar la transparencia y eficiencia en la prestación del servicio, protegiendo tanto los intereses de los usuarios como la viabilidad financiera de las empresas prestadoras.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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