Ministerio de Salud aclara implementación de la Ley 1712 de 2014 sobre acceso a la información pública
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 11:5:52
El Ministerio de Salud y Protección Social, en cumplimiento de la Ley 1712 de 2014 y el Decreto 103 de 2015, ha implementado el principio de divulgación proactiva mediante diversas estrategias orientadas a garantizar el acceso transparente y oportuno a la información pública por parte de la ciudadanía.
Divulgación proactiva y mecanismos de acceso
A través de su portal web institucional, el Ministerio publica información relevante como funciones y estructura organizacional, normatividad y políticas públicas, planes y programas, presupuesto y ejecución presupuestal, procesos de contratación, informes de gestión y mecanismos de participación ciudadana. Además, cuenta con canales presenciales y virtuales para atención al ciudadano, redes sociales, boletines informativos y eventos públicos que promueven la transparencia activa y la interacción directa con la comunidad.
Criterios para clasificar o reservar información
La clasificación o reserva de información se realiza conforme a la Ley 1712 de 2014, la Ley General de Archivos (Ley 594 de 2000) y el Decreto 103 de 2015. Solo se restringe el acceso cuando existen causas legalmente reconocidas, como la protección de datos personales sensibles, secretos comerciales o industriales, asuntos de defensa y seguridad nacional, investigaciones disciplinarias o penales en curso, o riesgos concretos para la vida, seguridad o interés público.
Se enfatiza que el principio de máxima divulgación prevalece, por lo que la reserva es una excepción. Toda información clasificada debe estar respaldada por un acto administrativo motivado, revisarse periódicamente y respetar los principios de temporalidad y proporcionalidad.
Capacitación de funcionarios sobre la Ley 1712
El ministerio implementa un Plan Institucional de Capacitación dirigido a fortalecer las competencias laborales de sus servidores públicos. En este...
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