CREG aprueba cargos de distribución y comercialización de Gas Licuado de Petróleo en Lorica, Córdoba
Proviene de: Resoluciones
19 de mayo de 2025 11:13:28
Contexto y entidad emisora
La Resolución 502 de 2024 fue emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), órgano encargado de fijar las tarifas y condiciones para la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible en Colombia. La decisión, adoptada el 28 de noviembre de 2024 y publicada en el Diario Oficial No. 53.112 el 9 de mayo de 2025, responde a una solicitud tarifaria presentada por la empresa distribuidora GEAS GROUP S.A.S. E.S.P., dirigida a definir los cargos de distribución y comercialización para un mercado especial ubicado en el municipio de Lorica, Córdoba.
Objeto y destinatarios de la resolución
El principal objeto de esta resolución es aprobar el cargo de distribución por el uso del sistema de distribución y el componente fijo del costo de comercialización del GLP por redes de tubería, aplicables al Mercado Relevante Especial integrado por los centros poblados La Doctrina y Santa Lucía. El destinatario principal es la empresa GEAS GROUP, que opera el sistema de distribución en esta área, así como los usuarios regulados del servicio público domiciliario de gas combustible que se conecten a esta red. Este grupo es relevante porque la regulación tarifaria impacta directamente en el costo y la calidad del servicio que reciben.
Marco legal y fundamentación
La resolución se fundamenta principalmente en la Ley 142 de 1994, que regula los servicios públicos domiciliarios en Colombia, y en particular en sus artículos 14, 28, 73 y 88, que definen el servicio de gas combustible, la regulación de tarifas y la competencia de la CREG para establecer fórmulas tarifarias y topes máximos y mínimos. Además, se aplican los decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y diversas resoluciones de la CREG que establecen metodologías para la fijación de cargos y costos en la distribución y comercialización del gas combustible, tales como las Resoluciones CREG 137 de 2013, 202 de 2013, 102 003 de 2022, y otras circulares que definen procedimientos y criterios técnicos para la evaluación tarifaria.
Decisiones y regulaciones principales
Entre las decisiones más relevantes, la CREG aprueba:
- El Mercado Relevante de Distribución para el siguiente periodo tarifario, conformado por los centros poblados La Doctrina y Santa Lucía en Lorica, Córdoba.
- El cargo de distribución único para todos los usuarios, residenciales y no residenciales, dado que el sistema de distribución cuenta con red primaria y secundaria, pero todos los usuarios están conectados a la red secundaria. Este cargo se fija en 3.358,31 pesos colombianos por metro cúbico, desglosado en inversión privada y gastos de administración, operación y mantenimiento (AOM).
- El componente fijo del costo de comercialización, aplicable al mercado relevante de comercialización correspondiente, fijado en 4.759,12 pesos colombianos por factura.
- La vigencia de los cargos de distribución y comercialización será de cinco años desde la fecha en que la resolución quede en firme. Si el distribuidor no inicia la prestación del servicio en un año, la aprobación perderá vigencia, y otro distribuidor podrá solicitar la aprobación de nuevos cargos.
- La obligación para el distribuidor de remitir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), con copia a la CREG, un cronograma detallado de inicio, avance y ejecución de las inversiones para la construcción del sistema de distribución.
- La fórmula tarifaria aplicable será la establecida en la Resolución CREG 137 de 2013 o sus modificaciones, con actualización conforme a los métodos vigentes.
Proceso administrativo y participación
La CREG verificó que la solicitud presentada cumplía con los requisitos formales y técnicos para iniciar la actuación administrativa. Se publicó en el Diario Oficial el resumen de la solicitud para que terceros interesados pudieran intervenir en el proceso. La entidad solicitante demostró el interés de al menos el 80% de los usuarios potenciales para contar con el servicio, requisito esencial para la aprobación.
Impacto potencial de la resolución
Esta resolución tiene un impacto significativo para los habitantes de los centros poblados La Doctrina y Santa Lucía, quienes se beneficiarán del acceso regulado a la red de distribución de GLP, con tarifas aprobadas y supervisadas. Además, establece un marco claro para la empresa distribuidora, facilitando la planificación e inversión en infraestructura y garantizando la prestación eficiente y continua del servicio.
La aprobación de cargos específicos para un mercado relevante especial contribuye a la transparencia tarifaria y a la promoción de la competencia, asegurando que las tarifas reflejen costos eficientes y que se proteja el interés público. Asimismo, la obligación de informar avances y cumplir con plazos permite a las autoridades vigilar el cumplimiento y proteger a los consumidores.
Conclusión
La Resolución 502 de 2024 representa un avance en la regulación del servicio público domiciliario de gas combustible en Colombia, al aprobar cargos específicos para un mercado especial en Lorica, Córdoba. La CREG, en ejercicio de sus competencias legales, establece las tarifas y condiciones que permitirán la operación eficiente del servicio, con beneficios tanto para los usuarios como para el operador. La regulación detallada y la supervisión exigida fortalecen la confianza en el sector y promueven el desarrollo equitativo del acceso al gas licuado de petróleo por redes en regiones especiales del país.
Para consultar el documento completo de la resolución, puede acceder al Diario Oficial No. 53.112, disponible en la página web de la Imprenta Nacional de Colombia.
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Este análisis busca brindar claridad y comprensión sobre las implicaciones jurídicas y sociales de la resolución, facilitando su entendimiento tanto a especialistas como a ciudadanos interesados en la regulación del sector energético.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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