Ministerio de Salud y Protección Social actualiza la Resolución 1056 de 2015 para el reporte de afiliados al régimen de transición en pensiones
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15 de mayo de 2025 12:53:17
Contexto y alcance de la resolución
El Ministerio de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales conferidas por el Decreto Ley 4107 de 2011, el Decreto 780 de 2016 y la Ley 2381 de 2024, emitió la Resolución 0000862 del 8 de mayo de 2025. Esta resolución modifica la Resolución 1056 de 2015, que establece las especificaciones técnicas para el reporte de información al Registro Único de Afiliados (RUAF) en el Subsistema de Seguridad Social en Pensiones.
El RUAF es un sistema administrado por el Ministerio de Salud y Protección Social que integra la información de afiliación a los diversos subsistemas de seguridad social, permitiendo una gestión coordinada y eficiente. La Resolución 0000862 amplía y ajusta las especificaciones técnicas para reflejar las novedades introducidas por la nueva Ley 2381 de 2024, que establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común.
Destinatarios y objetivos de la resolución
La resolución está dirigida principalmente a las administradoras del Subsistema de Seguridad Social en Pensiones y a las entidades pagadoras de pensiones, quienes deben reportar información actualizada y detallada sobre los afiliados y los beneficiarios del sistema pensional. Este grupo es esencial para garantizar la correcta integración y actualización de los datos en el RUAF, lo que impacta directamente en la gestión de las prestaciones sociales y en la protección de los derechos de los pensionados y afiliados.
El objetivo principal de la resolución es adaptar el sistema de reporte del RUAF para incorporar la información sobre afiliados al Régimen de Transición y al nuevo Sistema de Protección Social Integral, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones legales y la correcta administración de los beneficios pensionales.
Principales modificaciones y contenido técnico
La resolución sustituye el Anexo Técnico 1, que contiene la información de los afiliados a fondos de pensiones, y modifica el Anexo Técnico 4, correspondiente a los pagadores de pensiones. Se adiciona además un nuevo anexo técnico para el reporte, por única vez, de la información de afiliados al Régimen de Transición.
Entre las modificaciones destacadas en el Anexo Técnico 4, se ajustan los códigos y valores permitidos para campos clave como el "Código del tipo de pensión o de otra prestación con pago único" y el "Tipo de pensionado". Por ejemplo, se incluyen nuevas categorías para la pensión anticipada de vejez y la renta vitalicia del Pilar Semicontributivo, en línea con las disposiciones de la Ley 2381 de 2024.
El nuevo anexo técnico permite la integración de datos específicos del régimen de transición, dirigido a aquellas personas que, al 1 de julio de 2025, cuentan con un determinado número de semanas cotizadas y que continuarán bajo la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones. A su vez, se establecen las directrices para que las administradoras reporten esta información a través de la plataforma de integración de datos PISIS del Sistema de Información de la Protección Social (SISPRO).
Fundamento legal
La resolución se fundamenta principalmente en:
- El Decreto Ley 4107 de 2011, que confiere facultades al Ministro de Salud y Protección Social para administrar el RUAF.
- El Decreto 780 de 2016, que desarrolla las obligaciones de las administradoras para el reporte de información al RUAF.
- La Ley 2381 de 2024, que crea el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común y establece las reglas para el Régimen de Transición.
Además, se toma en cuenta la normativa previa contenida en las resoluciones 2358 de 2006, 2947 de 2006, 3336 de 2013, 3796 de 2014 y 1056 de 2015, que regulan los aspectos técnicos y plazos para el reporte de información al RUAF.
Impacto y relevancia de la actualización
Esta resolución tiene un impacto significativo en la gestión del sistema pensional en Colombia. Al actualizar los anexos técnicos para incluir el Régimen de Transición y las nuevas modalidades de pensión establecidas en la Ley 2381 de 2024, se garantiza que el RUAF refleje con precisión la situación actual de los afiliados y pensionados.
Para las administradoras y pagadores de pensiones, implica la obligación de adecuar sus sistemas de información para cumplir con los nuevos requisitos de reporte. Esto contribuye a una mejor coordinación interinstitucional y a la transparencia en la administración de los recursos del sistema pensional.
Para los afiliados y pensionados, la actualización del RUAF asegura que sus derechos y prestaciones se reconozcan y paguen conforme a la normativa vigente, especialmente en el marco del nuevo Sistema de Protección Social Integral.
Vigencia y disposiciones finales
La resolución entró en vigencia a partir de su expedición, el 8 de mayo de 2025. Asimismo, establece que el Ministerio de Salud y Protección Social informará los códigos de las administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual y de Colpensiones para la correcta identificación en el sistema.
Esta disposición no revoca otras normativas, sino que modifica y adiciona anexos técnicos específicos para dar cumplimiento a las reformas legislativas recientes.
En conclusión, la Resolución 0000862 de 2025 es un paso importante para la implementación efectiva del nuevo Sistema de Protección Social Integral en Colombia, asegurando que el Registro Único de Afiliados sea una herramienta actualizada y confiable para la gestión pensional.
Para acceder al texto completo de la resolución, puede consultarse el Diario Oficial No. 53.112 del 9 de mayo de 2025, disponible en la página web de la Imprenta Nacional de Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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