Consejo de Estado admite demanda de nulidad contra decreto del sector agropecuario
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:13:48
El Consejo de Estado, a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, admitió la demanda de nulidad interpuesta contra el Decreto 0780 de 24 de junio de 2024. Este decreto, expedido conjuntamente por el presidente de la república y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, adiciona el Título 26 a la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
Alcance del decreto y motivo de la demanda
El decreto establece ajustes normativos orientados a simplificar y agilizar los procedimientos de constitución, reconocimiento y formalización de los Territorios Campesinos Agroalimentarios (TECAM), en desarrollo del artículo 359 de la Ley 2294 de 2023. La demanda cuestiona la validez de estas disposiciones bajo el medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 de la Ley 1437 de 2011.
Procedimiento judicial y notificaciones
El Consejo de Estado ordenó notificar la admisión de la demanda a las partes involucradas: al presidente de la república, al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y al Ministerio Público. Además, se comunicará al director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado sobre la existencia del proceso, remitiendo copia electrónica de la providencia y la demanda.
Se estableció un plazo de treinta días para que las partes demandadas contesten la demanda, propongan excepciones, soliciten pruebas o presenten demandas de reconvención, conforme a la Ley 1437. También se exhortó a allegar los antecedentes del acto administrativo cuestionado.
Transparencia y publicidad del proceso
En cumplimiento de la ley, el proceso será informado públicamente mediante su publicación en la página web del Consejo de Estado, garantizando la transparencia y el acceso a la información para la comunidad interesada.
Este procedimiento representa un paso importante en el control judicial de los actos administrativos que impactan el sector agropecuario, en particular la formalización de los territorios campesinos agroalimentarios, con posibles implicaciones para las políticas públicas y los actores rurales. El proceso continuará con el análisis de fondo una vez se reciban las respuestas de los demandados y demás interesados.
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Resumen de notificaciones y plazos
| Acción | Destinatario | Plazo
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Notificación admisión de demanda | Presidente de la república y Ministerio de Agricultura | Inmediata
Notificación al Ministerio Público | Ministerio Público | Inmediata
Comunicación a Agencia Nacional de Defensa Jurídica | Director de la Agencia | Inmediata
Contestación de demanda, propuestas y pruebas | Demandados y Ministerio Público | 30 días
Exhorto para allegar antecedentes | Demandados | Dentro del plazo|
El Consejo de Estado continuará con el seguimiento del caso, y se informará oportunamente a la opinión pública sobre las decisiones adoptadas y sus posibles efectos jurídicos y sociales en el sector agropecuario.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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