Consejo de Estado confirma orden de cumplimiento para reglamentar indemnizaciones por derechos de autor
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:11:57
La Sala Quinta del Consejo de Estado, en segunda instancia, resolvió la acción de cumplimiento interpuesta contra el Presidente de la República y el Ministerio del Interior por el presunto incumplimiento del artículo 32 de la Ley 1915 de 2018. Dicha norma establece la creación de un sistema de indemnizaciones preestablecidas como alternativa para probar perjuicios causados por infracciones a derechos patrimoniales de autor y derechos conexos, cuya reglamentación debía ser expedida por el Gobierno nacional dentro de los doce meses siguientes a la promulgación de la ley.
Tras más de cinco años sin que se haya expedido la reglamentación, el demandante solicitó en dos ocasiones el cumplimiento de esta obligación. El Presidente remitió la petición al Ministerio del Interior, entidad encargada del proceso, que informó sobre avances y la publicación de un proyecto de decreto en su página web, pero reconoció que el trámite no estaba concluido.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó el cumplimiento de la reglamentación en un plazo de tres meses. El Gobierno nacional impugnó esta decisión, argumentando la complejidad técnica del tema y que la facultad reglamentaria no tiene un límite temporal, por lo que aún se encontraba vigente.
Confirmación de la orden y ampliación del plazo
El Consejo de Estado confirmó la orden judicial pero amplió el plazo para cumplirla a seis meses a partir de la ejecutoria de la sentencia. La Sala destacó que la acción de cumplimiento es procedente para exigir el ejercicio de la facultad reglamentaria cuando la ley impone un deber claro, expreso e inobjetable, como en este caso. Además, recordó que el incumplimiento de una norma legal o acto administrativo no admite soluciones a medias.
El fallo señala que, aunque existen avances en el proceso, no se ha acreditado la existencia de la reglamentación exigida, por lo que el Gobierno nacional debe cumplir con esta obligación en el plazo establecido. Asimismo, se aclara que el deber de reglamentar está a cargo del Gobierno nacional en conjunto, incluyendo al Presidente y al Ministerio demandado.
Importancia y consecuencias de la decisión
Esta decisión reafirma la importancia de que el Ejecutivo cumpla con los mandatos legales para garantizar la eficacia plena de las leyes y proteger derechos fundamentales como los de autor. La ampliación del plazo reconoce la complejidad técnica y social del proceso, pero no exime del cumplimiento oportuno del deber reglamentario.
Resumen de la decisión
| Aspecto | Detalle
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Norma objeto de la acción | Artículo 32 de la Ley 1915 de 2018 sobre indemnizaciones preestablecidas
Obligación incumplida | Reglamentación por parte del Gobierno nacional
Tiempo transcurrido | Más de cinco años desde la promulgación sin reglamentación efectiva
Decisión del Tribunal | Orden de cumplimiento en tres meses
Decisión del Consejo de Estado | Confirmación de la orden con ampliación del plazo a seis meses
Fundamento jurídico | Acción de cumplimiento procedente para mandatos imperativos, expresos e inobjetables
Implicaciones | Obliga al Gobierno nacional a expedir la reglamentación para proteger derechos de autor
Fecha límite para cumplimiento | Seis meses a partir de la firmeza de esta sentencia |
Con esta sentencia, el Consejo de Estado reafirma el control judicial sobre la omisión del Estado en el cumplimiento de mandatos legales y protege el derecho a la efectividad normativa en materia de propiedad intelectual. De esta manera, se busca garantizar un marco normativo claro que facilite la protección de los derechos de autor y reduzca la incertidumbre jurídica para los titulares de estos derechos. El Gobierno nacional deberá priorizar la expedición de la reglamentación para cumplir con lo ordenado por la justicia y fortalecer la seguridad jurídica en este ámbito.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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