Tribunal administrativo de Sucre ampara derechos de víctimas del conflicto y ordena priorización en pago de indemnización administrativa
Proviene de: Sentencias
16 de mayo de 2025 12:6:20
Antecedentes y contexto del caso
El caso se originó a partir de una acción de tutela presentada por una víctima del conflicto armado que fue reconocida con una indemnización administrativa por desplazamiento forzado. La solicitante padecía una enfermedad catalogada como de alto costo y había pedido a la UARIV que se le incluyera en la ruta prioritaria para la entrega de la indemnización o que se le indicara una fecha razonable cierta para el pago.
La UARIV respondió que la víctima cumplía con uno de los criterios de urgencia manifiesta o extrema vulnerabilidad, pero que el pago debía ajustarse de acuerdo con el presupuesto disponible para 2024, debido a que el monto total de indemnizaciones superaba los recursos asignados. Además, la entidad manifestó que estaba realizando las verificaciones correspondientes para establecer el procedimiento definitivo para el caso.
El juzgado de primera instancia concedió parcialmente el amparo constitucional, ordenando a la UARIV determinar si la solicitante cumple los requisitos para ser incluida en la ruta prioritaria y, en caso afirmativo, establecer un plazo razonable para el pago.
Fundamentos jurídicos y marco normativo
El Tribunal recordó que la acción de tutela es un mecanismo constitucional para la protección inmediata de los derechos fundamentales cuando son vulnerados o amenazados, especialmente para víctimas del conflicto armado que gozan de especial protección.
El marco normativo aplicable incluye la Ley 1448 de 2011, que establece medidas de reparación integral para las víctimas, incluyendo la indemnización administrativa. Esta indemnización se otorga siguiendo criterios de progresividad, gradualidad y priorización, atendiendo a situaciones de urgencia manifiesta o extrema vulnerabilidad como edad avanzada, enfermedades de alto costo o discapacidad.
El Decreto 4800 de 2011 y la Resolución 1049 de 2019 regulan el procedimiento para el reconocimiento y pago de dicha indemnización, estableciendo fases claras: solicitud, análisis, respuesta de fondo y entrega. La priorización se basa en criterios técnicos y la disponibilidad presupuestal, pero esta última no puede convertirse en un obstáculo para el acceso efectivo a la reparación.
Decisión del tribunal
El Tribunal concluyó que la UARIV vulneró los derechos fundamentales de la víctima al no definir en tiempo razonable su inclusión en la ruta prioritaria, a pesar de que la solicitante cumple con los criterios de extrema vulnerabilidad derivados de su condición de salud y situación socioeconómica.
La demora indefinida en la resolución afecta el debido proceso administrativo y el principio de buena administración, que obliga a las autoridades a actuar con diligencia y en plazos razonables.
Por lo tanto, se ordenó a la UARIV que en un término de diez días hábiles informe a la víctima sobre su posición en la lista de priorización y, si está en primer lugar, proceda de inmediato al pago material de la indemnización administrativa.
Implicaciones y conclusiones
Esta sentencia reafirma la obligación del Estado colombiano de garantizar una reparación integral y efectiva a las víctimas del conflicto armado, respetando sus derechos fundamentales y evitando demoras administrativas injustificadas.
Además, destaca que la disponibilidad presupuestal no puede ser excusa para la suspensión indefinida de obligaciones reconocidas, pues ello contraviene el debido proceso y afecta el mínimo vital de las personas en situación de vulnerabilidad.
La decisión tendrá impacto en la gestión de la UARIV y puede servir como precedente para casos similares donde se presenten dilaciones en la entrega de indemnizaciones administrativas a víctimas del conflicto. Con esta medida, se busca fortalecer la confianza en las instituciones y garantizar que las víctimas reciban la reparación que les corresponde de manera oportuna y justa.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.