Agencia de Renovación del Territorio ajusta requisitos para el pago por erradicación voluntaria de cultivos ilícitos
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22 de mayo de 2025 21:43:32
Contexto y Emisión de la Resolución
La Resolución 0084 de 2025, emitida el 12 de mayo de 2025 por la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito de la Agencia de Renovación del Territorio, modifica y adiciona artículos de la Resolución 0071 de 2025. Esta última establece los requisitos, términos y condiciones para la postulación al pago extraordinario por erradicación voluntaria de cultivos ilícitos, contemplado en el Decreto Legislativo 0180 de 2025. La resolución se inscribe en el marco normativo y político orientado a implementar el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.
Tema Principal y Destinatarios
El asunto central de esta resolución es la regulación del proceso de postulación al pago por erradicación voluntaria de cultivos ilícitos, específicamente ajustando las condiciones para que núcleos familiares que sean propietarios, ocupantes, poseedores o tenedores a cualquier título de predios con cultivos ilícitos puedan acceder a este beneficio. El público objetivo son familias vulnerables en zonas afectadas por cultivos ilícitos, en particular aquellas ubicadas en la región del Catatumbo y otros municipios incluidos en la declaratoria de estado de conmoción interior.
Finalidad de la Resolución
La resolución tiene por finalidad ampliar la inclusión de beneficiarios al pago extraordinario, eliminando barreras que impedían la postulación conjunta de varios núcleos familiares sobre un mismo predio, siempre que exista una relación clara y comprobable respecto al predio y los cultivos ilícitos. Busca facilitar la desvinculación voluntaria de los circuitos económicos ilícitos y promover la transición hacia actividades lícitas y sostenibles, en consonancia con la política pública de sustitución de cultivos ilícitos y los compromisos del Estado con la paz.
Principales Cambios y Regulaciones
Se modifican los numerales 14, 15 y 17 del artículo 2º de la Resolución 0071 de 2025, introduciendo las siguientes disposiciones relevantes:
- Aunque por regla general se postula un predio por cada núcleo familiar, ahora se permite que varios núcleos familiares puedan postularse sobre un mismo predio, siempre que el predio y las áreas con cultivos ilícitos estén determinadas o sean determinables, y que los propietarios, poseedores u ocupantes concurran en conjunto con los tenedores en la postulación.
- Se flexibiliza la prohibición de fraccionamiento de núcleos familiares y predios cuando se acredite la existencia de acuerdos de voluntades entre particulares o miembros de familias extendidas, permitiendo así postulaciones conjuntas.
- Los núcleos familiares postulantes deben acreditar la relación jurídico-patrimonial de dominio, o al menos la expectativa de adquisición, en caso de propietarios, poseedores u ocupantes. En el caso de tenedores a cualquier título, deben aportar prueba sumaria de los acuerdos que respaldan la tenencia, como contratos de amedrentamiento, aparcería, arrendamiento u otros.
Además, se adicionan dos numerales (19 y 20) al artículo 2º:
- En postulaciones conjuntas entre propietarios, poseedores u ocupantes y tenedores a cualquier título, se comprometen a cumplir las directrices técnicas de la Dirección de Sustitución durante cinco años posteriores a la vinculación efectiva.
- Los propietarios, poseedores u ocupantes que postulen conjuntamente con tenedores se comprometen a no suscribir nuevos acuerdos que impliquen la entrega total o parcial de su predio para actividades relacionadas con cultivos ilícitos.
Se agregan también dos párrafos que establecen:
- Un máximo de tres tenedores por predio postulado, sujetos a criterios de cabida de cultivos establecidos por la Dirección.
- Prohibición de coexistencia de una misma familia postulando simultáneamente como propietario, poseedor u ocupante y como tenedor en la región de conmoción interior.
Base Legal y Marco Normativo
La resolución se fundamenta principalmente en el Decreto Legislativo 0180 de 2025, emitido en el marco del estado de conmoción interior declarado mediante el Decreto 062 de 2025, así como en la Ley 137 de 1994 que regula los estados de conmoción interior. Se sustenta también en el Acuerdo Final de Paz de 2016 y el Acto Legislativo 02 de 2017, que establecen los parámetros para la materialización de derechos fundamentales en el proceso de paz. Además, considera el Decreto 1223 de 2020 para el ejercicio de facultades reglamentarias.
Impacto Potencial
Esta resolución representa un avance significativo para la implementación efectiva de la política de sustitución de cultivos ilícitos, ya que amplía el acceso al pago extraordinario para núcleos familiares diversos, incluyendo aquellos con tenencia informal o acuerdos no convencionales sobre los predios. Al permitir postulaciones conjuntas y flexibilizar requisitos, se facilita la inclusión de familias vulnerables que dependen económicamente de cultivos ilícitos pero no necesariamente poseen títulos formales de propiedad.
Se espera que estas medidas contribuyan a fortalecer la confianza de las comunidades afectadas, incentivando la desvinculación voluntaria del narcotráfico y promoviendo la estabilidad social y económica en zonas de conflicto. Al mismo tiempo, se establecen compromisos claros para evitar la reincidencia en actividades ilícitas, lo que puede mejorar la seguridad y la convivencia en estas regiones.
Modificaciones y Vigencia
La resolución modifica parcialmente la Resolución 0071 de 2025 y prorroga la vigencia de las medidas excepcionales contempladas en el Decreto Legislativo 0180 de 2025, las cuales fueron extendidas por 90 días a partir del 24 de abril de 2025, a pesar de que el estado de conmoción interior fue levantado en esa fecha.
La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación y debe ser cumplida por todos los núcleos familiares que aspiren a beneficiarse del pago por erradicación voluntaria, así como por la Agencia de Renovación del Territorio en la ejecución de sus funciones.
Conclusión
La Resolución 0084 de 2025 de la Agencia de Renovación del Territorio ajusta y amplía el marco regulatorio para el acceso al pago extraordinario por erradicación voluntaria de cultivos ilícitos, respondiendo a las complejidades jurídicas y sociales de las regiones afectadas. Al flexibilizar requisitos y reconocer distintas formas de tenencia, se promueve una mayor inclusión y se fortalece la estrategia de sustitución, contribuyendo a la consolidación de la paz y el desarrollo rural sostenible.
Este tipo de normativas son esenciales para traducir los compromisos del Acuerdo de Paz en acciones concretas que beneficien a las comunidades y reduzcan las causas estructurales del conflicto, siempre en el marco del respeto a los derechos y la legalidad.
Para consultar la Resolución completa, visite el Diario Oficial No. 53.122 del 19 de mayo de 2025 o el portal oficial de la Agencia de Renovación del Territorio.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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