Ministerio de las Culturas aprueba el Plan Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico de San Sebastián de Mariquita
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22 de mayo de 2025 21:43:50
Contexto y Emisión de la Resolución
La Resolución DM 0121 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.119 el 16 de mayo de 2025, fue emitida por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, autoridad competente para la protección del patrimonio cultural en Colombia. Esta decisión se fundamenta en la Ley 397 de 1997, modificada por la Ley 1185 de 2008, y el Decreto Reglamentario 1080 de 2015, que regulan el manejo y conservación de los bienes declarados de interés cultural.
El documento oficial aprueba el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del Centro Histórico de San Sebastián de Mariquita, declarado inicialmente Monumento Nacional en 1959 y hoy reconocido como Bien de Interés Cultural del ámbito nacional. El PEMP establece un marco integral para la gestión, conservación y desarrollo armónico de este sector, así como de su zona de influencia inmediata.
Destinatarios y Objetivos del PEMP
El PEMP está dirigido principalmente a los propietarios de inmuebles, autoridades locales, gestores culturales, la comunidad de San Sebastián de Mariquita y demás actores vinculados con el patrimonio cultural y el desarrollo urbano del Centro Histórico. Su importancia radica en la necesidad de preservar los valores históricos, arquitectónicos, ambientales y sociales que hacen de este territorio un referente cultural y económico para la región.
El objetivo general del plan es formular estrategias, programas y proyectos que, desde la investigación, gestión, divulgación y técnica, contribuyan a la articulación y visibilización de los referentes patrimoniales del Centro Histórico, promoviendo su conservación, sostenibilidad y aprovechamiento responsable. Entre sus objetivos específicos se encuentran:
- Establecer mecanismos de gestión y comunicación pública para proteger los recursos culturales.
- Fortalecer la capacidad institucional y comunitaria para el control urbano en el ámbito patrimonial.
- Fomentar un modelo de desarrollo turístico sustentable que aproveche el potencial cultural y ambiental.
- Mejorar la apropiación y transmisión de la memoria y significado cultural del Centro Histórico.
- Minimizar impactos de amenazas naturales sobre los recursos culturales.
Delimitación del Área Afectada y Zona de Influencia
El PEMP delimita con precisión dos áreas afectadas: el Centro Fundacional y el Conjunto del Ferrocarril, que comprenden el núcleo urbano histórico y el conjunto arquitectónico asociado al transporte ferroviario y cable aéreo, respectivamente. Estas áreas suman aproximadamente 37.12 hectáreas con más de 860 predios urbanos y rurales.
Asimismo, se define la Zona de Influencia, un perímetro que rodea las áreas afectadas y que incluye elementos naturales como la Reserva Forestal Protectora Nacional de las quebradas El Peñón y San Juan, así como el río Gualí. Esta zona se divide en dos unidades de manejo (UM1 y UM2), con normativas específicas sobre usos del suelo, edificabilidad, tratamientos urbanísticos y conservación ambiental.
La delimitación se basa en criterios técnicos y se encuentra documentada en planos y listados anexos a la resolución, que también incluyen la clasificación de predios en cuatro niveles de intervención según su valor patrimonial y normativo.
Niveles y Normas de Intervención
El PEMP establece cuatro niveles de intervención para los inmuebles dentro del área afectada y la zona de influencia:
1. Nivel 1: Conservación Integral (CI) – Para inmuebles de excepcional valor patrimonial que deben conservarse en su totalidad. Cualquier intervención requiere autorización del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes.
2. Nivel 2: Conservación del Tipo Arquitectónico (CA) – Para inmuebles representativos de la arquitectura histórica que deben conservar sus elementos físicos y espaciales característicos.
3. Nivel 3: Conservación Contextual (CC) – Para inmuebles que contribuyen a la unidad del paisaje urbano aunque no posean valores individuales destacados, regulando sus características para mantener la armonía con el entorno.
4. Nivel 4: Inmuebles sin Valor Patrimonial Arquitectónico – Para predios sin valores especiales, permitiendo obras nuevas que se adapten al contexto urbano.
Las intervenciones en los niveles 2, 3 y 4 colindantes con inmuebles del nivel 1 requieren autorización previa del Ministerio. Además, toda intervención en el espacio público (calles, plazas, parques y andenes) debe contar con autorización previa.
Directrices de Manejo Integral
El plan contempla un modelo de ordenamiento que reconoce la morfología urbana, sus dinámicas históricas y los valores patrimoniales, y propone acciones específicas en varios sistemas:
- Sistema de Espacio Público (S.E.P.): Incluye adecuación de canales y acequias, mejoramiento y homogenización de andenes, peatonalización de calles estratégicas y mobiliario urbano armónico.
- Sistema de Equipamientos (S.E.): Recuperación y revitalización de infraestructuras subutilizadas con valor patrimonial, como el edificio de la alcaldía y el conjunto del ferrocarril.
- Sistema de Movilidad y Accesibilidad (S.M.A.): Reorganización de sentidos viales, definición de estacionamientos permitidos y regulación del tráfico para proteger el espacio público y mejorar la calidad de vida.
- Sistema Ambiental (S.A.): Protección y recuperación de recursos naturales, manejo de riesgos y amenazas, revegetalización con especies nativas y difusión del valor ambiental de la reserva forestal.
- Sistema de Infraestructura de Servicios Públicos (S.I.S.P.): Instalación y mantenimiento adecuado de servicios públicos, con especial cuidado en la preservación patrimonial y la eliminación de cableados aéreos.
Normas Urbanísticas y Arquitectónicas
El PEMP define siete sectores normativos con lineamientos específicos para usos del suelo, edificabilidad, altura, materiales, fachadas, cubiertas, balcones, patios, instalaciones y demás elementos constructivos. Estas normas buscan preservar la identidad arquitectónica y ambiental del Centro Histórico, regulando:
- La protección del trazado urbano y la estructura de manzanas y paramentos.
- La limitación de alturas y volúmenes constructivos.
- La conservación de materiales y técnicas tradicionales.
- La regulación de publicidad exterior visual y auditiva.
- La gestión de actividades en el espacio público para evitar obstrucciones y contaminación visual o sonora.
Los sectores incluyen el Centro Fundacional, trazados de expansión históricos, el conjunto ferroviario, bordes ambientales y zonas de desarrollo urbano, cada uno con normas adaptadas a sus características y necesidades.
Impacto y Vigencia
La aprobación del PEMP representa un avance significativo en la protección del patrimonio cultural de San Sebastián de Mariquita, promoviendo un desarrollo urbano sostenible que respete su historia y valores ambientales. Se establecen obligaciones para los propietarios, autoridades y comunidad, creando un marco coordinado para la gestión integral del Centro Histórico.
La resolución establece un término de vigencia de 10 años para el PEMP, durante los cuales sus disposiciones deberán incorporarse en los planes de ordenamiento territorial municipales y ser acatadas por todos los actores involucrados. Además, facilita la participación de la comunidad y la articulación con políticas regionales y nacionales para la conservación del patrimonio.
Conclusión
El Plan Especial de Manejo y Protección aprobado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes configura un instrumento fundamental para la salvaguardia del Centro Histórico de San Sebastián de Mariquita y su entorno. Su enfoque integral, que combina aspectos técnicos, sociales, ambientales y culturales, busca asegurar que este patrimonio histórico siga siendo un activo vivo y un motor de desarrollo local y regional.
La aplicación rigurosa de las normas y directrices del PEMP contribuirá a preservar la autenticidad y la riqueza cultural de la ciudad, garantizando a las futuras generaciones el disfrute de un patrimonio excepcional y la continuidad de las tradiciones y expresiones que lo caracterizan.
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Para consultar la resolución completa y sus anexos, puede acceder al sitio oficial del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes o al Diario Oficial correspondiente.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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