Ministerio de Salud modifica plazos para reporte de afiliación al Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) en riesgos laborales
Proviene de: Resoluciones
22 de mayo de 2025 21:43:58
Contexto y emisión de la resolución
El Ministerio de Salud y Protección Social, ejerciendo sus facultades legales conforme al Decreto Ley 4107 de 2011 y la Ley 715 de 2001, emitió la Resolución 00000911 el 15 de mayo de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.119. Esta resolución modifica disposiciones previas contenidas en las Resoluciones 1798 de 2023 y 1895 de 2024, sobre el funcionamiento del SAT en relación con el Sistema General de Riesgos Laborales.
Objeto y destinatarios
La resolución está dirigida principalmente a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), entidades encargadas de gestionar la afiliación y reporte de información en el Sistema General de Riesgos Laborales, así como a los trabajadores independientes —tanto en su afiliación obligatoria como voluntaria— cuya información debe ser registrada en el SAT. Este grupo es fundamental en la medida en que sus datos garantizan la protección en riesgos laborales conforme al marco normativo.
Finalidad de la medida
El objetivo principal de esta resolución es extender los plazos inicialmente establecidos para la entrada en operación y reporte de información en el SAT, asegurando que el proceso se realice con los estándares de calidad y seguridad necesarios. Esta ampliación responde a dificultades técnicas señaladas por las ARL y la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda), que han manifestado la inviabilidad de cumplir con las fechas previstas debido a la falta de insumos técnicos para desarrollar y probar los servicios web que permiten la interoperabilidad en línea con el SAT.
Principales modificaciones y regulaciones
Entre las modificaciones clave, destaca la reforma del artículo 5º de la Resolución 1798 de 2023, que establece un nuevo cronograma para el reporte previo de información de afiliación al SAT. La resolución detalla fechas específicas para la entrega de archivos planos a través de la plataforma PISIS del Sistema Integral de Información de la Protección Social (Sispro), abarcando períodos desde enero de 2015 hasta julio de 2025, con plazos escalonados para la presentación y corrección de datos.
Además, el artículo 6º se modifica para indicar que el Ministerio incorporará al SAT la información vigente al 31 de julio de 2025, reportada por las ARL, asegurando que la estructura, validación y corrección de inconsistencias se ajusten a las especificaciones técnicas establecidas en anexos técnicos de la Resolución 1895 de 2024.
El artículo 7º establece que a partir del 1º de agosto de 2025, las ARL deberán reportar las actualizaciones y novedades al SAT mediante los servicios web habilitados, siguiendo los términos establecidos en el anexo técnico correspondiente. Esto incluye la información que haya presentado inconsistencias en el proceso de cargue inicial.
Fundamentos legales
La resolución se sustenta en el marco normativo vigente, en particular en el Decreto Ley 4107 de 2011, que regula las funciones del Ministerio de Salud en materia de riesgos laborales, y la Ley 715 de 2001, que establece competencias en la administración del sistema de salud y protección social. Asimismo, se basa en el Decreto 780 de 2016, que creó el SAT, y en el Decreto 2058 de 2019, que incorporó el Sistema General de Riesgos Laborales al SAT.
Impacto potencial
Esta decisión representa un paso crucial para garantizar la calidad y sostenibilidad del sistema de afiliación para riesgos laborales, evitando fallas operativas que podrían afectar la seguridad social de los trabajadores independientes. La ampliación de plazos permitirá a las ARL y demás actores involucrados disponer del tiempo necesario para realizar las pruebas técnicas y ajustes en sus sistemas, facilitando una transición ordenada y minimizando riesgos en la gestión de la afiliación.
Para los trabajadores independientes, la medida busca asegurar que su afiliación al sistema se realice de manera adecuada y oportuna, evitando posibles inconvenientes derivados de reportes incompletos o inconsistentes. Asimismo, fortalece la responsabilidad de las ARL frente a sus obligaciones, al establecer que la no incorporación de información en el SAT por inconsistencias no exime de responsabilidades legales.
Modificación de normativas previas y vigencia
La Resolución 00000911 de 2025 modifica expresamente artículos de las resoluciones anteriores (1798 de 2023 y 1895 de 2024), ajustando los términos para el reporte y operación. La norma entra en vigencia a partir de su fecha de expedición, el 15 de mayo de 2025, y debe ser cumplida por todas las entidades involucradas en el proceso de afiliación y reporte en el sistema.
Conclusión
Con esta resolución, el Ministerio de Salud y Protección Social responde a las dificultades técnicas manifestadas por los actores del sistema, adoptando una postura prudente y responsable que busca garantizar la correcta implementación del SAT para la afiliación de trabajadores independientes en el Sistema General de Riesgos Laborales. La ampliación de los plazos es una medida que promueve la eficiencia y la seguridad en el manejo de la información, beneficiando tanto a las ARL como a los afiliados, y contribuye a fortalecer el sistema de protección social en Colombia.
Para consulta directa de la resolución, se puede acceder al Diario Oficial No. 53.119 del 16 de mayo de 2025.
---
Este análisis permite comprender cómo las autoridades reguladoras ajustan sus disposiciones para adaptarse a las realidades técnicas y operativas, garantizando el cumplimiento efectivo de las obligaciones legales en materia de riesgos laborales y protección social.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Salud
No se encontraron sugerencias
Ministerio de Salud modifica plazos para reporte de afiliación al Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) en riesgos laborales