Ministerio de Transporte establece tarifas diferenciales en peaje Curitéd para beneficiar a comunidades locales
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22 de mayo de 2025 21:44:2
Contexto y emisión de la resolución
El Ministerio de Transporte emitió la Resolución número 20253040018195 con fecha del 14 de mayo de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.119 del 16 de mayo de 2025. Esta resolución surge como respuesta a una situación social y técnica particular relacionada con la estación de peaje Curitéd, ubicada en la carretera San Gil - Aratoca (Ruta 45 A 07). La medida modifica las Resoluciones 000227 del 1° de febrero de 2013 y 03367 del 1° de agosto de 2024, que regulaban previamente las tarifas de peaje en el corredor vial a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías).
Asunto principal y destinatarios
El tema principal de la resolución es el establecimiento de tarifas diferenciales de peaje para ciertos usuarios de la estación Curitéd. Esta medida se dirige principalmente a los habitantes y transportadores residentes en los municipios de Aratoca, Curitéd y San Gil, así como a los vehículos de servicio público de pasajeros y de carga que transitan regularmente por la ruta El Socorro - San Gil - Aratoca.
Este público es relevante debido a la alta frecuencia de paso por el peaje y a las condiciones socioeconómicas de dichas comunidades, que se vieron reflejadas en bloqueos y manifestaciones que afectaron el normal funcionamiento de la estación. La resolución busca brindar un alivio económico a estos usuarios sin comprometer la sostenibilidad financiera del sistema de peajes.
Finalidad y objetivo de la resolución
El objetivo de la resolución es establecer un régimen tarifario diferenciado que permita reducir la carga económica sobre los usuarios frecuentes y residentes del área de influencia del peaje Curitéd. Además, se busca prevenir protestas sociales, proteger la libre circulación vehicular y garantizar la adecuada operación y mantenimiento de la infraestructura vial bajo la administración del Instituto Nacional de Vías.
Para tal fin, se desarrollaron estudios técnicos y sociales, incluyendo censos realizados por las alcaldías locales y reuniones de concertación con representantes comunitarios y autoridades municipales.
Decisiones y regulaciones clave
La resolución establece tarifas especiales para las categorías vehiculares IE e IIE, que corresponden a:
- Categoría IE: Automóviles, camperos, camionetas y microbuses con ejes de llanta sencilla, aplicable a vehículos particulares y de servicio público de transporte de pasajeros. Tarifa diferencial: $2.200 (incluye $1.674 tarifa base y $526 para el Fondo de Seguridad Vial - FOSEVI).
- Categoría IIE: Buses, busetas, microbuses con eje trasero de doble llanta y camiones de dos ejes, aplicable a vehículos particulares y de servicio público de pasajeros y carga. Tarifa diferencial: $3.300 (incluye $2.774 tarifa base y $526 FOSEVI).
Los beneficiarios de estas tarifas diferenciales serán:
- Para la categoría IE: Residentes de Aratoca y Curitéd, así como quienes trabajan o desarrollan actividades comerciales entre estos municipios.
- Para la categoría IIE: Vehículos afiliados a empresas de servicio público de pasajeros con habilitación para la ruta El Socorro - San Gil - Aratoca o viceversa, y vehículos de transporte de carga de residentes en Aratoca y Curitéd.
El Instituto Nacional de Vías queda encargado de fijar los requisitos, procedimientos, mecanismos de otorgamiento, control y causales de pérdida del beneficio.
Base legal de la resolución
La resolución se fundamenta principalmente en:
- El artículo 21 de la Ley 105 de 1993, modificado por la Ley 787 de 2002, que establece la facultad del Estado para fijar peajes y tarifas sobre infraestructuras nacionales de transporte.
- El numeral 6.15 del artículo 6° del Decreto 087 de 2011, que determina las funciones del Ministerio de Transporte, incluyendo la fijación de peajes y tarifas para las infraestructuras de transporte, excepto aéreas.
- El Decreto 1292 de 2021, que atribuye al Instituto Nacional de Vías la ejecución de políticas y cobro de peajes en la red vial nacional no concesionada.
Además, la resolución cumple con los requisitos de consulta pública conforme a la Ley 1437 de 2011 y los decretos reglamentarios.
Impacto potencial y alcance
La implementación de tarifas diferenciales en el peaje Curitéd representa un avance significativo en la gestión de conflictos sociales relacionados con el cobro de peajes en Colombia. Al atender las demandas de las comunidades locales y facilitar su movilidad, se contribuye a la estabilidad social y al respeto por el derecho de circulación.
Desde el punto de vista económico, la medida busca equilibrar el alivio para los usuarios frecuentes con la sostenibilidad financiera del contrato de concesión, respaldado por mecanismos de compensación y recursos disponibles en la subcuenta de excedentes del patrimonio autónomo.
Para el sector transporte y comercio local, la resolución favorece la continuidad de actividades económicas y educativas, al reducir costos para quienes dependen de esta vía para su desempeño diario.
Modificaciones a normativas previas y vigencia
La Resolución 20253040018195 modifica, en lo pertinente, las Resoluciones 000227 de 2013 y 03367 de 2024. Las nuevas tarifas estarán vigentes hasta el 16 de enero de 2026, fecha a partir de la cual se ajustarán conforme a las disposiciones aplicables.
La medida se suma a un proceso de diálogo y concertación entre autoridades e interesados, que incluyó la suspensión temporal del cobro de peaje durante manifestaciones y la posterior reanudación con acuerdos firmados para la implementación de las tarifas diferenciales.
Plazos y procedimientos
Se establecen plazos claros para la realización de censos por parte de las alcaldías y la evaluación por el Instituto Nacional de Vías. La resolución contempla la socialización y aceptación comunitaria de las tarifas y define las condiciones para acceder al beneficio.
El procedimiento para acreditar beneficiarios, otorgar, controlar y eventualmente revocar el beneficio recae en el Instituto Nacional de Vías.
Conclusión
La Resolución 20253040018195 del Ministerio de Transporte ejemplifica un esfuerzo para armonizar la gestión de infraestructura vial con las necesidades y realidades sociales de las comunidades afectadas. La adopción de tarifas diferenciales en el peaje Curitéd no solo responde a un conflicto social puntual, sino que también establece un modelo de atención a usuarios frecuentes y residentes que podría replicarse en otras regiones.
Al combinar el respeto a la legalidad con la flexibilidad para adaptarse a circunstancias locales, la entidad demuestra un enfoque equilibrado que potencia el desarrollo regional, la movilidad y la convivencia pacífica en el entorno vial.
Esta resolución puede consultarse en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Transporte, donde fue publicada para consulta pública, garantizando transparencia y participación ciudadana en la toma de decisiones sobre infraestructura y tarifas.
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Para mayor información y acceso al texto completo de la Resolución, puede consultarse el sitio oficial del Ministerio de Transporte.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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