Consejo de Estado confirma ajuste en efecto de recurso de apelación sobre política farmacéutica
Consejo de Estado confirma ajuste en efecto de recurso de apelación sobre política farmacéutica
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 19:23:38
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria, emitió una providencia para resolver el recurso de reposición interpuesto por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) contra el auto proferido el 3 de marzo de 2025. Este auto ajustó el efecto del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia que declaró la vulneración de derechos colectivos vinculados con la seguridad y salubridad públicas, el patrimonio público, el acceso al servicio de salud y la eficiencia en su prestación.
Contexto de la demanda
La demanda fue presentada por la Procuraduría General de la Nación en ejercicio del medio de control de protección de derechos e intereses colectivos, señalando la inoperancia del sistema de control de precios de medicamentos, la desregulación en el control de precios de principios activos, la transgresión sistemática de las reglas de control de precios, la lenidad de las sanciones administrativas y la omisión del Gobierno Nacional en el cumplimiento de la Ley 1751 de 2015, que ordena establecer una Política Farmacéutica Nacional.
Decisión de primera instancia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia del 12 de diciembre de 2024, declaró la vulneración de derechos colectivos y ordenó la adopción de medidas para establecer una nueva política nacional farmacéutica, mediante la elaboración de un nuevo documento CONPES basado en metodología participativa.
Ajuste en el efecto del recurso de apelación
Los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio de Salud y Protección Social, el INVIMA y la Superintendencia Nacional de Salud inicialmente fueron concedidos con efecto suspensivo, lo que fue corregido por el Consejo de Estado para que se otorgue el efecto devolutivo, conforme a lo previsto en el artículo 323 de la Ley 1564 de 2012, que regula los efectos del recurso de apelación en acciones populares.
El INVIMA interpuso recurso de reposición argumentando que la decisión de otorgar el efecto devolutivo vulneraba el debido proceso, al obligar el cumplimiento de la sentencia antes de resolverse la apelación, y sostuvo que no se había comprobado su responsabilidad en las pretensiones de la demanda.
Conclusión del Consejo de Estado
Tras analizar el marco normativo, la jurisprudencia aplicable y los argumentos presentados, el Consejo de Estado concluyó que, dado que la sentencia accedió a las pretensiones de la demanda y ordenó medidas para proteger derechos colectivos, el recurso de apelación debía concederse en efecto devolutivo para garantizar el trámite adecuado en segunda instancia.
Por lo tanto, el Consejo de Estado confirmó el auto del 3 de marzo de 2025 y ordenó remitir el expediente para continuar con el proceso conforme a derecho.
Este fallo refuerza la importancia de respetar los procedimientos legales en el trámite de recursos y subraya la relevancia del control judicial en la protección de derechos colectivos relacionados con la política farmacéutica y el acceso a medicamentos en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.