Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma sanción por incumplimiento profesional de abogada
Proviene de: Sentencias
23 de mayo de 2025 16:47:59
Contexto y antecedentes del caso
El proceso disciplinario se originó a partir de una queja presentada por un grupo de clientas que contrataron a una abogada para representar sus intereses en diversos asuntos judiciales relacionados con la venta de un bien común, la nulidad de un contrato de compraventa, la impugnación de una sucesión y la apertura de otra sucesión hereditaria. La abogada recibió una suma inicial por honorarios pero, según las quejas, no llevó a cabo las gestiones encomendadas ni devolvió el dinero o documentos entregados.
El contrato de prestación de servicios profesionales suscrito establecía obligaciones específicas para la abogada, entre ellas, representar a las clientes en procesos judiciales y realizar las audiencias de conciliación correspondientes. No obstante, las actuaciones probatorias demostraron que la profesional solo intervino en un proceso judicial relacionado con la venta de cosa común, sin iniciar las demás acciones comprometidas.
Argumentos de la apelante y análisis de la Comisión
La abogada apeló la decisión argumentando una indebida valoración probatoria y alegando que la pandemia de COVID-19 interrumpió los términos judiciales, constituyendo una causal de fuerza mayor que justificaba eventuales retrasos. Además, sostuvo que mantuvo comunicación constante con las clientes y que el contrato no establecía plazos específicos para la realización de cada gestión.
Sin embargo, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial consideró que, aunque los términos judiciales estuvieron suspendidos desde marzo hasta julio de 2020, la abogada tuvo un periodo amplio para iniciar las acciones comprometidas, tanto antes de la suspensión como tras la reanudación de términos. Se constató que no se presentaron pruebas que evidenciaran avances concretos en los procesos pendientes entre julio y noviembre de 2020, fecha en la que el contrato fue terminado por las clientas.
Respecto a la alegación de fuerza mayor, la Comisión indicó que la suspensión temporal de términos no eximía de la obligación de planificar y coordinar estrategias legales, y que la profesional disponía de medios tecnológicos para continuar con las gestiones preliminares. Por tanto, la suspensión no constituyó un impedimento absoluto para cumplir con el contrato.
Asimismo, la Comisión rechazó la invocación de la convicción errada como eximente, pues la abogada tenía la obligación profesional de informarse sobre la situación procesal y actuar diligentemente. La comunicación con las clientas, si bien necesaria, no reemplaza el cumplimiento efectivo de las obligaciones contractuales.
Decisión y sanción impuesta
Confirmando la sentencia de primera instancia, la Comisión declaró disciplinariamente responsable a la abogada por transgredir el deber profesional de actuar con celosa diligencia y por incurrir en falta por demora injustificada en la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas. La sanción impuesta fue una multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La Comisión resaltó que la conducta de la abogada causó un perjuicio a las clientas, quienes quedaron sin representación efectiva en asuntos judiciales relevantes. También se tuvo en cuenta la ausencia de antecedentes disciplinarios como un factor atenuante.
Finalmente, se ordenó la notificación de la decisión y su anotación en el Registro Nacional de Abogados, quedando vigente la sanción a partir de la fecha de ejecutoria. La resolución concluye con el envío del expediente a la Comisión Seccional de origen para los trámites correspondientes, garantizando así el cumplimiento de las medidas disciplinarias y la vigilancia continua sobre el ejercicio profesional de la abogada.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Privado
No se encontraron sugerencias
Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma sanción por incumplimiento profesional de abogada