Antecedentes del caso
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de su competencia constitucional y legal, revisó una sentencia emitida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de una región del país, que sancionó disciplinariamente a un abogado por su inasistencia reiterada a audiencias programadas en un proceso penal donde actuaba como defensor. Los hechos se originaron tras varias citaciones oficiales y múltiples intentos fallidos por parte del juzgado para contactar al profesional, quien no justificó su ausencia ni renunció al mandato conferido. Fundamentos jurídicos y proceso disciplinario
El proceso disciplinario se abrió formalmente tras la compulsa de copias realizada por el juzgado competente y se llevaron a cabo las audiencias correspondientes, en las cuales el imputado fue representado por un defensor de oficio debido a su inasistencia. Se recabaron pruebas documentales que evidenciaron las notificaciones enviadas al abogado y su falta de respuesta. La Comisión Seccional encontró que el profesional incumplió los deberes de diligencia y atención celosa previstos en la Ley 1123 de 2007, específicamente en el artículo 37 numeral 1°, y en el artículo 28 numeral 10, en modalidad culposa. Decisión y sanción impuesta
La Comisión Seccional sancionó al abogado con una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, considerando la gravedad social de la conducta, que afecta la imagen de la profesión y causa perjuicio directo al cliente que buscaba una defensa adecuada. Se tuvo en cuenta la ausencia de justificación para las inasistencias y la reiteración de las mismas en las fechas programadas. La sanción fue confirmada por la Comisión Nacional en...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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