Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia emite concepto jurídico sobre el Decreto 1553 de 2024 - 30 de abril de 2025
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia emite concepto jurídico sobre el Decreto 1553 de 2024 - 30 de abril de 2025
Proviene de: Circulares
22 de mayo de 2025 19:39:3
Contexto y objetivo del concepto jurídico
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, autoridad pública encargada de la regulación ambiental en Colombia, emitió un concepto jurídico en respuesta a una consulta formal presentada por la Subdirección de Normalización y Calidad Ambiental de una Corporación para el Desarrollo Sostenible regional. La fecha de publicación del documento es el 30 de abril de 2025.
El concepto jurídico tiene como finalidad principal esclarecer el alcance y la interpretación de las disposiciones contenidas en el Decreto 1553 de 2024, que modifica y actualiza el marco regulatorio sobre la tasa retributiva por la utilización directa e indirecta del agua como receptor de vertimientos puntuales y establece nuevas reglas para la facturación y el cálculo de dicha tasa.
Entre las inquietudes respondidas se encuentran temas como la vigencia y aplicación de la nueva metodología, la eliminación de procedimientos previos para la formulación de metas de carga contaminante, la continuidad de los objetivos de calidad para fuentes hídricas superficiales, el tratamiento tarifario de los prestadores del servicio público de alcantarillado, y la unidad territorial para la formulación de los Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV).
Alcance y validez legal del concepto
Este concepto jurídico se expide en ejercicio de las funciones asesoras y aclaratorias del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con base en el marco normativo vigente, que incluye la Ley 99 de 1993, el Decreto-Ley 3570 de 2011, la Ley 1755 de 2015 y el Decreto 1076 de 2015.
Es importante destacar que el concepto se emite en abstracto, es decir, no se refiere a un caso particular o concreto, y conforme al artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, no tiene carácter vinculante ni obligatorio para terceros, salvo disposición legal en contrario. Sin embargo, cumple un rol fundamental para orientar a las autoridades ambientales, prestadores de servicios públicos y demás interesados sobre la correcta interpretación y aplicación del Decreto 1553 de 2024.
Contenido sustancial y principales aclaraciones
El concepto aborda múltiples interrogantes planteados por la Corporación regional respecto a la aplicación práctica del Decreto 1553 de 2024. Entre los puntos centrales se destacan:
- Vigencia y facturación: La nueva metodología de cálculo inicia su aplicación en 2026 para facturar la vigencia correspondiente al año 2025, considerando la carga contaminante vertida durante el período anual.
- Eliminación de metas de carga contaminante: El Decreto 1553 de 2024 derogó el procedimiento para la formulación de metas de carga contaminante, por lo que dicho proceso desaparece de la normativa colombiana. No obstante, esto no implica la eliminación de los objetivos de calidad para las fuentes hídricas superficiales, que continúan vigentes y se definen en los Planes de Ordenamiento del Recurso Hídrico.
- Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV): Se elimina la obligación de presentar cronogramas de carga contaminante para efectos del cálculo de la tasa retributiva. En cambio, se introduce una variable económica exclusiva para prestadores del servicio público de alcantarillado, que contempla el avance en proyectos de inversión en descontaminación hídrica incluidos en los PSMV.
- Facturación por sistemas de tratamiento: Cuando hay más de un sistema de tratamiento en un municipio, la tarifa se calcula por cada punto de vertimiento. Aunque la factura puede ser consolidada administrativamente, debe detallarse el valor correspondiente a cada sistema.
- Factor regional y situación de prestadores sin PSMV aprobado: El factor regional se ajusta en función de variables ambientales, socioeconómicas y económicas. Prestadores con sistemas operativos pero sin PSMV aprobado deben contar con permisos de vertimientos vigentes; en caso contrario, estarán sujetos a sanciones.
- Parámetros de cobro: Los parámetros objeto de cobro continúan siendo la Demanda Bioquímica de Oxígeno a cinco días (DBO5) y los Sólidos Suspendidos Totales (SST), conforme a resoluciones vigentes.
- Unidad territorial para PSMV: En áreas urbanas atendidas parcialmente por un prestador y parcialmente por el municipio, cada entidad debe contar con su respectivo PSMV o permiso de vertimiento aprobado por la autoridad ambiental competente.
- Legalización de vertimientos sin PSMV: Un prestador puede solicitar permiso de vertimientos para legalizar sus descargas, incluso si aún no ha presentado el PSMV, sin perjuicio de las obligaciones posteriores y eventuales procesos sancionatorios.
Declaración institucional y relevancia del concepto
El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio, a cargo de la emisión del concepto, destaca que este documento busca brindar claridad y seguridad jurídica para la correcta aplicación de un decreto que representa un ajuste integral al marco regulatorio de la tasa retributiva por vertimientos. La actualización normativa responde a estudios ordenados en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y busca promover un tratamiento diferencial y eficiente que incentive la descontaminación hídrica en Colombia.
Este concepto jurídico es una herramienta imprescindible para autoridades ambientales, prestadores de servicios públicos domiciliarios y otros actores involucrados en la gestión de recursos hídricos, pues facilita la interpretación técnica y jurídica de las nuevas disposiciones, contribuyendo a una mejor gestión ambiental y a la protección de las fuentes de agua.
Impacto para el sector y el público en general
La clarificación expedida por el Ministerio permite a los prestadores del servicio público de alcantarillado y a las autoridades ambientales entender con precisión sus obligaciones y derechos bajo el nuevo régimen. La eliminación de procedimientos anteriores y la introducción de variables económicas específicas facilitan la gestión y actualización de los planes y proyectos de descontaminación hídrica.
Para la sociedad en general, esta regulación busca asegurar que los vertimientos a cuerpos de agua sean controlados de manera efectiva, lo que se traduce en beneficios ambientales y en la sostenibilidad de los recursos hídricos, esenciales para la salud pública y el desarrollo sostenible.
---
Para mayor información o consulta del documento original, se puede contactar al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en:
Calle 37 No. 8 – 40 Bogotá, Colombia Código Postal 110311
Conmutador (57) 6013323400 info@minambiente.gov.co
Celular (57) 3133463676 Línea Gratuita 018000919301
Whatsapp (57) 3102213891 @MinAmbienteCo
www.minambiente.gov.co
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.