Régimen privado de contratación para prestadores directos de servicios públicos domiciliarios requiere licitación pública
Proviene de: Conceptos
26 de mayo de 2025 20:8:22
Contexto y competencia de la Superservicios
La Superservicios tiene competencia para resolver consultas jurídicas externas relativas al régimen de los servicios públicos domiciliarios. Sin embargo, sus conceptos son de carácter general y no obligan a un cumplimiento estricto, ni establecen excepciones normativas específicas para cada caso particular. En ejercicio de sus funciones de vigilancia, la entidad no puede exigir la aprobación previa de contratos o actos de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, conforme al artículo 79 de la Ley 142 de 1994.
Régimen jurídico aplicable a los contratos de prestadores directos
Con base en la Ley 142 de 1994 y la Resolución CRA 943 de 2021, el régimen general para los actos y contratos de las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios es el derecho privado, salvo excepciones expresas establecidas en la misma ley o en la Constitución Política. Entre estas excepciones se incluyen los contratos que celebren las entidades territoriales con empresas prestadoras para que asuman o sustituyan la prestación del servicio, los cuales deben realizarse mediante licitación pública.
Contratos que requieren licitación pública
La Resolución CRA 943 de 2021 establece que deben someterse a licitación pública, entre otros, los contratos que:
- Creen o modifiquen áreas de servicio exclusivo.
- Celebren las entidades territoriales con empresas prestadoras para asumir o sustituir la prestación de servicios públicos domiciliarios.
Estos procedimientos buscan garantizar la concurrencia de oferentes y asegurar principios como la libre competencia y la calidad en la prestación del servicio.
Limitaciones y recomendaciones
La Superservicios no puede recomendar que los municipios incluyan en sus manuales de contratación reglas específicas sobre el régimen...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.