La Superservicios aclara uso de recursos del Sistema General de Participaciones para agua potable y saneamiento básico
Proviene de: Conceptos
26 de mayo de 2025 20:9:50
La Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) recordó que su función principal es absolver consultas jurídicas externas relacionadas con el régimen de los servicios públicos domiciliarios, sin que sus conceptos tengan carácter obligatorio o vinculante.
El concepto fue emitido ante la consulta de un municipio que solicitó orientación sobre la posibilidad de utilizar recursos del SGP para la compra de un predio rural destinado a la construcción de una bocatoma para el sistema de acueducto rural.
Marco normativo del Sistema General de Participaciones
El Sistema General de Participaciones, conforme a la Constitución Política y la Ley 715 de 2001, está conformado por recursos transferidos por la Nación a los entes territoriales para financiar, entre otros, la prestación de servicios públicos. Estos recursos se distribuyen en participaciones con destinación específica para educación, salud, agua potable y saneamiento básico, y una participación de propósito general.
En relación con la participación para agua potable y saneamiento básico, la normativa establece criterios de distribución territorial basados en déficit de coberturas, población atendida, esfuerzo en ampliación de coberturas, nivel de pobreza y eficiencia fiscal y administrativa.
Destino de los recursos y competencias territoriales
Los recursos asignados a distritos y municipios deben destinarse a financiar actividades relacionadas con la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, tales como subsidios para estratos subsidiables, pago de deuda por proyectos sectoriales, estudios y diseños, fortalecimiento organizacional, construcción y mejora de sistemas de acueducto y alcantarillado, programas de medición y reducción de agua no contabilizada, entre otros.
No obstante, la Superservicios aclaró que en el marco de estas actividades no se incluye expresamente la compra de predios para la construcción de infraestructura hidráulica, como la bocatoma consultada. Por lo tanto, corresponde a cada ente territorial definir, dentro de sus atribuciones legales, el uso y ejecución de estos recursos, siempre atendiendo a las disposiciones normativas y los planes de desarrollo y de inversión.
Rol de la Superservicios y recomendaciones finales
Finalmente, la entidad reiteró que no le corresponde determinar la viabilidad o conceptuar sobre la correcta destinación y ejecución de los recursos asignados, para evitar extralimitación de funciones, y puso a disposición de la ciudadanía un portal de consulta con normativa, jurisprudencia y conceptos relacionados con los servicios públicos domiciliarios.
Este concepto jurídico contribuye a clarificar el marco legal para el uso de recursos públicos en el sector de agua potable y saneamiento básico, orientando a los entes territoriales sobre sus responsabilidades y limitaciones en la administración de dichos fondos, y promoviendo una gestión transparente y eficiente que garantice la prestación adecuada de estos servicios esenciales para la comunidad.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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