Congreso de Colombia debate proyecto para modernizar la protección al consumidor
Congreso de Colombia debate proyecto para modernizar la protección al consumidor
Proviene de: Gacetas
26 de mayo de 2025 20:21:50
Objetivo y ámbito del proyecto de ley
El Proyecto de Ley número 490 de 2025 Cámara pretende modificar el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) con el objetivo de fortalecer y modernizar la protección a los consumidores en Colombia. Su ámbito es principalmente social y económico, abarcando la regulación del comercio tradicional y electrónico, la transparencia en los contratos de crédito, la lucha contra prácticas comerciales abusivas, y la garantía de información clara sobre productos y servicios.
Actualmente, el proyecto se encuentra en la fase de tercer debate ante la Comisión Tercera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, tras haber sido aprobado en primer y segundo debate en el Senado. La Comisión ha emitido un informe de ponencia negativa recomendando archivar la iniciativa, pero el trámite continúa abierto, y se esperan discusiones y posibles modificaciones antes de una votación definitiva.
Contexto y problemática que busca resolver
En los últimos años, la evolución del comercio, especialmente el electrónico, ha planteado nuevos retos para la protección de los consumidores en Colombia. La Ley 1480 de 2011, aunque pionera, enfrenta desafíos para adaptarse a estas novedades y a las prácticas comerciales actuales.
Entre las problemáticas identificadas se encuentran la falta de equidad territorial en la aplicación de sanciones administrativas, la insuficiente información sobre créditos no vigilados, la proliferación de ventas atadas y publicidad engañosa, así como la ausencia de mecanismos claros para garantizar la reparabilidad de productos electrónicos y electrodomésticos. El proyecto pretende responder a estas necesidades con medidas que amplían facultades de control, mejoran la transparencia, y promueven una mayor responsabilidad empresarial.
Puntos clave del proyecto de ley
El articulado propuesto incluye varias disposiciones relevantes:
- Equidad territorial: Se otorgan a las autoridades locales (alcaldes) facultades similares a las de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para imponer sanciones en materia de protección al consumidor dentro de su jurisdicción, incluyendo multas de hasta 300 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv). Se establece que el 50% de las multas recaudadas se asignará a la administración local que imponga la sanción y se regula la posibilidad de apelación ante la SIC.
- Información en créditos no vigilados: Se exige a proveedores de financiamiento detallar al consumidor, al momento de contratar, el monto financiado, tasas de interés y todos los cargos asociados, expresados en términos equivalentes mensuales o anuales, y se prohíbe la imposición de un número mínimo de cuotas.
- Compliance y autorregulación: Se amplían los criterios que la SIC debe considerar para graduar sanciones, incluyendo la colaboración del infractor y la implementación efectiva de programas de autorregulación o compliance.
- Índice de reparabilidad: Se incorpora un índice que mide la facilidad de reparación de productos electrónicos y electrodomésticos, basado en criterios como disponibilidad de documentación técnica, facilidad de desmontaje, y acceso a repuestos.
- Requisitos de información: Se amplían los requisitos mínimos que deben entregar productores y proveedores sobre productos, incluyendo instrucciones de uso, especificaciones técnicas, índice de reparabilidad, garantías y precios.
- Lenguaje claro: Se exige que las decisiones y pronunciamientos de la SIC en materia de protección al consumidor se comuniquen en lenguaje claro y comprensible para todos los ciudadanos.
- Ventas atadas y uso de datos personales: Se refuerza la prohibición de condicionar la compra de un producto a la adquisición de otro o a la aceptación de condiciones contractuales, extendiendo esta restricción a operaciones de crédito no vigiladas, y se prohíbe el uso indebido de datos personales.
- Publicidad ambiental engañosa: Se sanciona la difusión de información falsa o engañosa que atribuya beneficios ambientales no comprobados a productos o servicios.
- Discriminación por perfilamiento: Se prohíbe el uso de perfilamientos que condicionen el trato o acceso a derechos del consumidor en procesos de peticiones, quejas o indemnizaciones.
Impacto potencial del proyecto
Si se convierte en ley, el proyecto podría fortalecer la protección al consumidor al mejorar la transparencia y la información disponible, ampliar las facultades sancionatorias, y promover prácticas comerciales más responsables. En particular, la inclusión del índice de reparabilidad podría incentivar la producción de bienes duraderos y sostenibles, contribuyendo al cuidado ambiental.
Sin embargo, algunos aspectos generan preocupación sobre posibles efectos adversos. La delegación de facultades sancionatorias a alcaldes con incentivos económicos derivados de las multas podría afectar la imparcialidad y el debido proceso. Además, la implementación del índice de reparabilidad sin criterios claros y con parámetros ambiguos podría generar inseguridad jurídica y barreras comerciales, afectando la competitividad del mercado y la variedad de productos disponibles.
Por otro lado, la superposición normativa en materias como ventas atadas y protección de datos en créditos no vigilados puede generar conflictos entre entidades regulatorias y dificultar la aplicación práctica de la ley.
Debate y posturas de los actores involucrados
La ponencia negativa emitida por la Comisión Tercera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes recomienda archivar el proyecto, fundamentándose en varias razones técnicas y jurídicas:
- Se cuestiona la constitucionalidad de asignar el 50% de las multas a las administraciones locales, dado que la jurisprudencia establece que las multas son recursos de la nación y no pueden tener destinación específica salvo excepciones limitadas.
- Se advierte que los incentivos económicos para que alcaldes impongan sanciones pueden afectar la objetividad y el debido proceso en la protección al consumidor.
- Se critica la falta de claridad y objetividad en los criterios del índice de reparabilidad, y se señala que la norma podría generar barreras no arancelarias que limiten la importación y competencia.
- Se observa superposición normativa con la regulación del sector financiero en materia de ventas atadas y protección de datos, lo que podría generar inseguridad jurídica.
- Se considera redundante la inclusión de disposiciones sobre publicidad ambiental engañosa, pues ya existen normas y sanciones vigentes en la materia.
Diversos sectores, incluidos gremios empresariales y expertos, han expresado preocupación por estas falencias, mientras que organizaciones de consumidores y algunos congresistas defienden la necesidad de modernizar y ampliar la protección al consumidor en un contexto donde el comercio digital y las nuevas prácticas comerciales evolucionan rápidamente.
Perspectiva comparativa y conclusiones
En otros países, la protección al consumidor también ha incorporado elementos como la transparencia en créditos, prohibición de ventas atadas y regulación de la publicidad ambiental. Sin embargo, la delegación de facultades sancionatorias con incentivos económicos directos a autoridades locales es menos común, debido a los riesgos de arbitrariedad.
Asimismo, la implementación del índice de reparabilidad es un enfoque innovador, pero su éxito depende de criterios técnicos claros y de la articulación con estándares internacionales para evitar efectos restrictivos en el comercio.
En conclusión, el Proyecto de Ley número 490 de 2025 Cámara representa un esfuerzo significativo por actualizar el marco jurídico de protección al consumidor en Colombia. No obstante, la ponencia negativa y las observaciones técnicas evidencian la necesidad de revisar y ajustar varias disposiciones para asegurar su constitucionalidad, efectividad y coherencia normativa. El debate que continúa en el Congreso será clave para definir si esta iniciativa logra un equilibrio adecuado entre protección, desarrollo económico y seguridad jurídica para todos los actores involucrados.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.