Reglamentación de la Asignación del Código Institucional para el Sistema CHIP por la Contaduría General de la Nación
Proviene de: Resoluciones
26 de mayo de 2025 20:17:37
Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución 123 de 2025 fue emitida por la Contaduría General de la Nación (CGN) el 20 de mayo de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.124 el 21 de mayo de 2025. Esta entidad, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, tiene entre sus funciones la uniformación, centralización y consolidación de la contabilidad pública del país.
Tema principal y destinatarios
La resolución reglamenta la asignación del Código Institucional que se utiliza en el Sistema Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública (CHIP). Este sistema es el medio mediante el cual se captura, valida, transmite, centraliza y consolida la información financiera cuantitativa y cualitativa producida y reportada por las entidades públicas y otros agentes con fines de control, gestión y estadística fiscal.
Los destinatarios principales de esta resolución son las personas jurídicas sujetas al Régimen de Contabilidad Pública (RCP), los organismos que ejercen funciones de control, inspección y vigilancia, y entidades que, aunque no formen parte del RCP, requieren asignación del código para fines estadísticos o de control.
Objetivo y finalidad de la resolución
El objetivo central de la Resolución 123 es establecer el procedimiento claro y detallado para la asignación y parametrización del Código Institucional en el sistema CHIP. Esta asignación es fundamental para garantizar la identificación, acceso y reporte adecuado de la información por parte de diversas entidades. Así, la resolución contribuye a la consolidación de datos necesarios para la elaboración del Balance General de la Nación y otros informes financieros de interés público.
Principales decisiones y regulaciones contenidas
La resolución establece tres escenarios para tramitar la asignación del código institucional:
1. Solicitud directa de personas jurídicas sujetas al RCP: Se detalla un procedimiento en línea para que las entidades interesadas soliciten el código a través de la página web de la Contaduría General de la Nación, incluyendo la presentación de documentos legales y estatutarios que acrediten su existencia y naturaleza jurídica. La solicitud es analizada por un grupo interdisciplinario que determina la aplicabilidad del RCP y asigna el marco normativo correspondiente antes de otorgar el código.
2. Solicitud de organismos de control, inspección y vigilancia: Estos organismos pueden solicitar directamente códigos para entidades en ejercicio de sus funciones. En caso de que las entidades no estén sujetas al RCP, se asigna el código sin marco normativo, y las condiciones de la información a reportar se establecen directamente por el organismo solicitante.
3. Solicitud de la Comisión Intersectorial de Información para la Gestión Financiera Pública (CIIGFP) y otras entidades con fines estadísticos: Se asignan códigos a entidades que no están en el ámbito del RCP pero cuya información es necesaria para estadísticas económicas. Las condiciones de reporte son definidas por el subcomité de estadísticas o la entidad solicitante.
En cada caso, la asignación se comunica formalmente a la entidad solicitante y a otras entidades relevantes, como el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Contraloría General de la República, según corresponda.
Fundamentos legales
La resolución se basa en un marco normativo amplio que incluye:
- El artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, que establece la función del Contador General de la Nación en la contabilidad pública.
- La Ley 298 de 1996, que desarrolla el artículo constitucional y crea la Contaduría General de la Nación.
- El Decreto 1693 de 2023, que determina las funciones de las dependencias de la Contaduría General, incluyendo la administración del CHIP.
- La Ley 42 de 1993, que define la organización del sistema de control fiscal financiero y las competencias de la Contraloría General de la República.
- La sentencia C-557 de 2009 de la Corte Constitucional, que ratifica las competencias de la Contraloría en la contabilidad del presupuesto público.
- La Resolución 007 de 2016 de la Contraloría, que establece la forma para la rendición de la información contable presupuestal.
- El Decreto 224 de 2021, que crea la Comisión Intersectorial para la Gestión Financiera Pública.
Impacto potencial de la resolución
Esta reglamentación fortalece la transparencia y el control en la gestión de recursos públicos, al garantizar que todas las entidades sujetas al régimen contable reporten información estandarizada y oportunamente a través del sistema CHIP. Además, facilita la labor de organismos de control e inspección, y mejora la calidad y disponibilidad de datos para la elaboración de estadísticas económicas y fiscales.
Para las entidades públicas y otras organizaciones, la resolución simplifica y formaliza el proceso para obtener el código institucional, requisito indispensable para acceder y reportar en el sistema CHIP. Esto contribuye a una mayor eficiencia en la gestión contable y financiera, y a la consolidación de la información que alimenta el Balance General de la Nación y otros informes de interés público.
Modificaciones y plazos
La resolución no modifica ni revoca expresamente normativas previas, sino que reglamenta y aclara procedimientos relacionados con la asignación del código institucional en el sistema CHIP.
En cuanto a vigencia, la norma entra en vigor a partir de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y su modificación por la Ley 2080 de 2021.
Conclusión
La Resolución 123 de 2025 representa un paso importante para la consolidación y ordenamiento de la información financiera pública en Colombia. Al reglamentar la asignación del Código Institucional para el sistema CHIP, la Contaduría General de la Nación fortalece la transparencia, el control y la gestión eficiente de los recursos públicos, impactando positivamente tanto al sector público como a la ciudadanía en general.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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