Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía abre la Trigésima Segunda Convocatoria del Fondo de Solidaridad
Proviene de: Resoluciones
26 de mayo de 2025 20:16:50
Contexto y marco institucional
La Resolución 193 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.124 del 21 de mayo de 2025, fue emitida por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía. Esta entidad, de carácter financiero y naturaleza especial, funciona como una empresa industrial y comercial del Estado. Está organizada como un establecimiento de crédito con personería jurídica y autonomía administrativa, y se encuentra vinculada al Ministerio de Defensa Nacional, bajo la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.
El marco legal que sustenta esta resolución se encuentra en el Decreto Ley 353 de 1994, modificado por la Ley 973 de 2005 y la Ley 1305 de 2009, que regulan el régimen de afiliación, beneficios y funcionamiento de la Caja, incluyendo la creación y desarrollo del Fondo de Solidaridad.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema principal de la resolución es la apertura formal de la Trigésima Segunda convocatoria del Modelo Fondo de Solidaridad, un mecanismo diseñado para otorgar soluciones de vivienda a un grupo específico de afiliados y beneficiarios.
Los destinatarios principales son los oficiales, suboficiales, soldados profesionales, miembros del nivel ejecutivo, agentes y personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, ya sea en servicio activo, con asignación de retiro, pensión o sustitución. Asimismo, incluye a beneficiarios de afiliados fallecidos y a aquellos que sufran discapacidad y se retiren sin derecho a asignación o pensión.
Este grupo es relevante ya que la Caja tiene la responsabilidad de facilitar el acceso a vivienda digna para quienes han servido o sirven a la nación en estas condiciones, atendiendo a sus necesidades específicas y otorgando un apoyo social mediante el Fondo de Solidaridad.
Objetivo y decisiones principales
El objetivo de la resolución es dar inicio formal a la convocatoria para la adjudicación de hasta cuarenta y seis (46) soluciones de vivienda, conforme al Plan de Acción Institucional para la vigencia 2025 y la disponibilidad presupuestal. Esta apertura se realizará desde las 7:30 horas del 19 de mayo hasta las 16:30 horas del 8 de agosto de 2025.
Se establece que, en caso de no completarse el cupo total de viviendas asignadas durante esta convocatoria, se abrirá una siguiente convocatoria para garantizar el cumplimiento del plan institucional. Además, se dispone que el listado de beneficiarios será adoptado mediante acto administrativo motivado y publicado en la página web de la entidad, en el Diario Oficial y en los puntos de atención a nivel nacional. La notificación se hará conforme a las reglas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Asimismo, se encarga a la Subgerencia de Vivienda y Proyectos realizar las gestiones necesarias para la publicación y efectos legales de esta resolución.
Fundamento legal y normativo
La resolución se sustenta principalmente en el Decreto Ley 353 de 1994 y sus modificaciones, especialmente la Ley 973 de 2005 y la Ley 1305 de 2009, que regulan la estructura, funciones y beneficios de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía.
En particular, el artículo 9 de la Ley 973 de 2005 y sus modificaciones crean el Fondo de Solidaridad, cuyo propósito es otorgar soluciones de vivienda a beneficiarios de afiliados fallecidos y a aquellos afiliados que, por discapacidad o retiro sin derecho a pensión, requieran apoyo habitacional.
Adicionalmente, el Acuerdo 2 de 2020 establece las modalidades de uso de los recursos del Fondo, las cuotas de ahorro obligatorias, y los mecanismos para la adjudicación de vivienda, los cuales son aplicados en esta convocatoria.
Impacto y relevancia para los afiliados y la sociedad
Esta convocatoria es de gran importancia para los afiliados y sus familias, ya que facilita el acceso a vivienda digna mediante un modelo solidario que combina recursos individuales con un fondo común. La entrega de hasta cuarenta y seis soluciones habitacionales representa una oportunidad significativa para quienes cumplen con los requisitos y han contribuido al fondo.
El impacto va más allá de los beneficiarios directos, pues fortalece la política de bienestar social para el personal militar y policial, reconociendo su labor y proporcionando seguridad habitacional. Además, contribuye a la estabilidad social y familiar, elementos fundamentales para el desempeño efectivo de las fuerzas de seguridad.
Para el sector público y la ciudadanía en general, esta resolución reafirma el compromiso estatal de atender a quienes sirven a la nación y a sus familias, promoviendo la equidad y la justicia social mediante mecanismos financieros especiales.
Modificaciones y términos de la convocatoria
La resolución no modifica ni revoca disposiciones previas, sino que da continuidad al régimen ya establecido para el Fondo de Solidaridad y su mecanismo de convocatorias periódicas. Se mantiene la estructura regulatoria y se ejecutan las políticas previstas en el Plan de Acción Institucional.
Se establecen términos claros para la presentación de solicitudes, cierre de convocatoria y publicación de resultados, garantizando transparencia y legalidad en el proceso. El plazo para la convocatoria es de aproximadamente dos meses y medio, desde el 19 de mayo hasta el 8 de agosto de 2025, con la publicación de beneficiarios en los quince días hábiles siguientes al cierre.
Conclusión
La Resolución 193 de 2025 de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía representa un paso concreto en la materialización de políticas sociales orientadas a otorgar soluciones habitacionales al personal militar y policial y sus beneficiarios. La apertura de la Trigésima Segunda convocatoria del Modelo Fondo de Solidaridad demuestra el compromiso institucional con la gestión eficiente y transparente de los recursos, así como con el bienestar de sus afiliados.
Este proceso no solo fortalece el acceso a vivienda digna, sino que también contribuye a la cohesión y estabilidad del sector defensa y seguridad, aspectos fundamentales para la paz y el desarrollo del país. Por tanto, es una resolución de interés para especialistas en derecho administrativo y financiero, así como para el público en general interesado en políticas sociales y derechos de los servidores públicos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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