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Corte Constitucional ampara derecho de acceso a la información pública en caso contra la Fiscalía General de la Nación

Proviene de: Sentencias

27 de mayo de 2025 21:1:49

Antecedentes del caso

Un periodista presentó una acción de tutela contra la Fiscalía General de la Nación por la presunta vulneración de sus derechos de petición y acceso a la información pública. La solicitud inicial, radicada en enero de 2024, versaba sobre denuncias por delitos sexuales en los que se involucran autoridades religiosas. Ante la falta de respuesta o respuestas parciales, se presentó una segunda petición en abril de 2024 con preguntas más precisas acerca de 86 procesos penales identificados entre 1992 y 2021, además de tres procesos recientes. La Fiscalía respondió parcialmente y con retraso, dejando sin contestar dos preguntas y argumentando la necesidad de un concepto interno para evaluar la entrega de cierta información.

Respuesta judicial y trámite

Los jueces de primera y segunda instancia negaron el amparo solicitado, considerando que la Fiscalía había dado respuesta. Sin embargo, la Sala Sexta de Revisión analizó el caso y determinó que la respuesta de la Fiscalía no fue otorgada dentro del término legal, ni fue completa ni congruente con la solicitud. Además, constató que la respuesta fue enviada a un correo electrónico cuya recepción efectiva no pudo ser confirmada oportunamente, lo que afectó la notificación adecuada.

Derechos fundamentales involucrados

La Corte reiteró que el derecho fundamental de petición implica la posibilidad de presentar solicitudes respetuosas y obtener respuestas completas, claras, precisas, congruentes y notificadas oportunamente. Asimismo, se destacó la especial relevancia del derecho de acceso a la información pública como instrumento de control ciudadano y participación democrática, especialmente para la labor periodística, cuya tramitación debe ser preferencial.

Consideraciones sobre la...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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