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Conozca la decisión sobre caducidad en fiscalización de aportes al sistema de seguridad social

Proviene de: Sentencias

27 de mayo de 2025 21:2:17

Contexto del caso

El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, analizó la demanda de una sociedad contra actos administrativos de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). La UGPP había emitido requerimientos y liquidaciones oficiales por omisión, mora e inexactitud en el pago de aportes al sistema de protección social correspondientes al año 2013. La entidad demandante solicitó la nulidad de dichos actos, argumentando que el término para que la UGPP ejerciera la acción fiscalizadora había caducado para los meses de enero a octubre de 2013, y cuestionó la inclusión de ciertos conceptos salariales en la base de cotización, además de señalar errores en la metodología utilizada por la UGPP.

Decisión del tribunal de primera instancia y apelación

El Tribunal Administrativo declaró la nulidad parcial de las liquidaciones y resolvió que solo los meses de noviembre y diciembre de 2013 podían ser objeto de fiscalización, ordenando a la UGPP corregir y reliquidar esos periodos. La UGPP apeló esta decisión, sosteniendo que el plazo de caducidad se interrumpió con la notificación del requerimiento de información en mayo de 2014, y defendió la inclusión adecuada de los conceptos salariales para la determinación del IBC conforme a la normativa vigente.

Fundamentos de la Sala del Consejo de Estado

La Sala confirmó la nulidad parcial de los actos administrativos en cuanto a los meses de enero a octubre de 2013, señalando que el término de caducidad de cinco años para la acción fiscalizadora se interrumpe con la notificación del requerimiento...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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