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Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechaza recurso de súplica contra auto que resolvió apelación

Proviene de: Sentencias

28 de mayo de 2025 13:57:43

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Primera, subsección B, resolvió un recurso de súplica presentado contra el auto proferido por la Subsección A de la misma sección. Este auto había confirmado la decisión inicial de un juzgado administrativo que rechazó una demanda por no haberse agotado previamente el requisito de conciliación extrajudicial.

Antecedentes del caso

El juzgado de primera instancia rechazó la demanda al considerar que no se cumplió con el requisito de conciliación extrajudicial, indispensable para la procedibilidad del caso. Posteriormente, se interpuso recurso de apelación, el cual fue confirmado por el tribunal administrativo. Contra este último auto se presentó el recurso de súplica que ahora fue evaluado.

Fundamentos legales y decisión

El tribunal se basó en el artículo 246 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que establece que el recurso de súplica procede únicamente contra ciertos autos dictados por el magistrado ponente, excluyendo expresamente aquellos que resuelven recursos de apelación o queja. En consecuencia, el tribunal concluyó que el recurso de súplica presentado era manifiestamente improcedente, por lo que procedió a rechazarlo de plano.

Implicaciones y efectos

Esta decisión confirma la restricción legal para interponer recursos de súplica contra autos que resuelven apelaciones en procesos administrativos. Así, se fortalece la seguridad jurídica y la eficiencia procesal al evitar recursos improcedentes que dilaten la administración de justicia. El auto que confirmó el rechazo de la demanda queda en firme, y el expediente fue devuelto al juzgado de origen para continuar con el trámite correspondiente. En resumen, la providencia reafirma la correcta aplicación...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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