Antecedentes del caso
El proceso inició con una demanda instaurada en abril de 2022 mediante medio de control de reparación directa contra la Nación - Fiscalía General de la Nación, por la presunta omisión al no recibir y tramitar una denuncia relacionada con el hurto de honorarios. La demanda reclamaba la responsabilidad administrativa y económica del ente demandado, solicitando el pago de perjuicios por lucro cesante, daño emergente y perjuicio moral, con un total aproximado de quince millones ochocientos mil pesos. En la audiencia inicial, el juzgado de primera instancia decretó pruebas documentales presentadas por el demandante, pero negó otras solicitudes probatorias relacionadas con la Secretaría Departamental de Educación, el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), la Oficina de Control Disciplinario y una entidad bancaria. Esta decisión quedó en firme al no interponerse recursos. Posteriormente, el recurso de apelación fue concedido y admitido para continuar el trámite. En segunda instancia, el magistrado ponente accedió a la solicitud probatoria complementaria considerando su pertinencia y utilidad para acreditar las circunstancias del caso. Así, se incorporaron las pruebas al expediente y se otorgó plazo para alegatos de conclusión. Decisión sobre la solicitud de nulidad y recurso de súplica
En junio de 2024, el magistrado ponente declaró saneado el proceso y negó la solicitud de nulidad presentada por la parte demandante. Contrario a dicha decisión, se interpuso recurso de súplica alegando que la omisión en la práctica de pruebas en primera instancia viciaba el proceso y causaba perjuicio. Sin embargo, la Sala Dual concluyó que, conforme a la legislación vigente (Ley 2080 de...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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