Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra Ministerio de Salud y Superintendencia Nacional de Salud por falla en el servicio
Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra Ministerio de Salud y Superintendencia Nacional de Salud por falla en el servicio
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:12:6
El proceso se originó a partir de la reclamación de una empresa prestadora de servicios de transporte asistencial relacionada con deudas reconocidas parcialmente en el proceso de liquidación de la extinta EPS Cruz Blanca. La demandante solicita el pago total de la acreencia reclamada, así como el reconocimiento de intereses moratorios legales causados por el incumplimiento en el pago.
Antecedentes y pretensiones
La demanda, presentada bajo el medio de control de reparación directa, argumenta que tanto el Ministerio de Salud y Protección Social como la Superintendencia Nacional de Salud incurrieron en responsabilidad administrativa por fallas en la prestación del servicio. Estas fallas se materializan en la ejecución irregular de funciones de inspección, vigilancia y control durante la liquidación de Cruz Blanca, incluyendo la prórroga injustificada de una medida cautelar y la omisión de instrucciones para garantizar el flujo de recursos a las IPS acreedoras.
Entre las pretensiones específicas se encuentran:
- Declarar la responsabilidad administrativa y extracontractual de las entidades demandadas por la falla en el servicio.
- Condenar al pago de perjuicios materiales por un monto superior a siete mil doscientos cuarenta y siete millones de pesos.
- Condenar al pago de lucro cesante por intereses moratorios legales calculados desde enero de 2021 hasta el pago efectivo.
Aspectos procesales y jurisdiccionales
El Tribunal destacó que la jurisdicción competente para conocer el caso es la contencioso administrativa, dada la naturaleza del conflicto relacionado con responsabilidad extracontractual de entidades públicas. Además, se confirmó la competencia territorial y en razón de la cuantía para que este tribunal conozca del proceso.
Respecto a la oportunidad para presentar la demanda, se consideró que esta fue interpuesta dentro del término legal de dos años contados desde la terminación de la existencia de la EPS Cruz Blanca, por lo que se declaró la demanda en principio oportuna.
Próximos pasos procesales
La admisión de la demanda implica que el Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud serán notificados personalmente para que puedan responder, presentar excepciones, solicitar pruebas y presentar demanda de reconvención en un término de treinta días. Además, se notificará al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
La decisión resalta la importancia de delimitar con precisión las pretensiones relacionadas con las acreencias reconocidas y las no aceptadas, para una adecuada tramitación del proceso.
Este caso pone en evidencia los retos en la gestión y supervisión del sistema de salud, especialmente en los procesos de liquidación de entidades prestadoras de servicios, y la responsabilidad de las autoridades en garantizar el cumplimiento de obligaciones con los proveedores del sector. Se espera que el desarrollo del proceso judicial permita establecer con claridad las responsabilidades y contribuya a mejorar los mecanismos de control y protección en situaciones similares en el futuro.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.