Antecedentes y pretensiones
La demanda fue interpuesta por una Unión Temporal que prestó servicios de salud a los afiliados del Sistema General de Seguridad Social en Salud. La acción se dirigió contra la Nación – Ministerio de Salud, la Superintendencia Nacional de Salud y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), por la falta de pago de servicios prestados y reconocidos en el proceso de liquidación de Saludvida EPS S.A., hoy liquidada. Entre las pretensiones principales se incluyen: declarar la responsabilidad administrativa de las entidades demandadas por los daños y perjuicios ocasionados; el pago de una indemnización por lucro cesante que asciende a más de seis mil ochocientos millones de pesos; reconocimiento de perjuicios morales equivalentes a mil salarios mínimos legales vigentes; el pago de intereses desde la ejecutoria de la sentencia; actualización monetaria de los valores; y el pago de costas procesales. Competencia y admisión de la demanda
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca se declaró competente para conocer la demanda en primera instancia, conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), debido a que la cuantía de la demanda supera los mil salarios mínimos legales mensuales vigentes y el domicilio de las entidades demandadas se encuentra en Bogotá D.C. El tribunal verificó que la demanda fue presentada dentro del término legal de dos años contados a partir del día siguiente a la ocurrencia de la acción u omisión causante del daño, con la suspensión del término por la solicitud de conciliación extrajudicial declarada fallida....Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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