Tribunal Administrativo de Cundinamarca fija litigio y cierra etapa probatoria en caso sobre contribución adicional
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:11:4
El tribunal determinó que no existen irregularidades o vicios que invaliden lo actuado, por lo que declaró saneado el proceso y cerró la etapa probatoria. Se tomaron como pruebas los documentos aportados tanto por la parte demandante como por la entidad demandada, que fueron debidamente radicados.
Actos administrativos demandados y objeto del litigio
El litigio se centra en la legalidad de los siguientes actos administrativos expedidos por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios:
- Liquidación adicional F.E. nro. 20210000064286 del 1° de diciembre de 2021.
- Resolución Nro. SSPD – 20225300831515 del 13 de septiembre de 2022.
- Resolución nro. SSPD – 20235000471995 del 16 de agosto de 2023.
Estos actos corresponden a la liquidación de la contribución adicional para el año gravable 2021 y a la resolución de los recursos de reposición y apelación interpuestos.
Problemas jurídicos planteados
La parte demandante solicita, entre otros, que se declare que la Superintendencia debió inaplicar el artículo 314 de la Ley 1955 de 2019 mediante excepción de inconstitucionalidad, y que se ordene la devolución de pagos realizados por la contribución adicional.
Los problemas jurídicos a resolver son:
1. La nulidad del acto administrativo que liquida la contribución adicional con base en una ley declarada inconstitucional y posible vulneración del principio de equidad.
2. La existencia de doble imposición tributaria al aplicar la contribución adicional sobre el mismo hecho generador de la contribución especial.
3. La posible violación del principio de irretroactividad tributaria por la aplicación del artículo 85 de la Ley 142 de 1994 en su versión original para liquidar la contribución adicional del año 2021.
4. La procedencia de la excepción de inconstitucionalidad frente al artículo 314 de la Ley 1955 de 2019.
Próximos pasos procesales
El tribunal concedió un plazo de diez días para que las partes y el Agente del Ministerio Público presenten sus alegatos de conclusión y concepto respectivo, dada la naturaleza de puro derecho del asunto. Asimismo, se reconoció personería al apoderado judicial de la parte demandante y se informó sobre los canales para radicar recursos o solicitudes relacionadas con la providencia.
Este auto representa un avance importante en el proceso contencioso administrativo que revisa la legalidad de los actos administrativos relacionados con la contribución adicional, cuya resolución tendrá impacto en la interpretación y aplicación de normas tributarias en el sector público. Se espera que la decisión final del tribunal aporte claridad jurídica y establezca precedentes sobre la aplicación de contribuciones adicionales en casos similares.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Tribunal Administrativo de Cundinamarca fija litigio y cierra etapa probatoria en caso sobre contribución adicional