Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega excepción de inepta demanda en proceso contra la DIAN
Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega excepción de inepta demanda en proceso contra la DIAN
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2025 21:10:41
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en la Subsección “A” de la Sección Cuarta, emitió un auto en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por una compañía nacional en reorganización contra la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (UAE-DIAN).
Excepción de inepta demanda y agotamiento de la vía gubernativa
La entidad demandada presentó una excepción previa argumentando que la demanda era inepta por falta de agotamiento de la vía administrativa, debido a que se incluyó un cargo sobre la "firmeza de la declaración" que no fue planteado en sede administrativa. Sin embargo, el tribunal recordó que, conforme a la jurisprudencia del Consejo de Estado, es posible alegar argumentos nuevos en la etapa jurisdiccional siempre que la pretensión sea la misma que la planteada ante la administración.
En este caso, aunque la compañía demandante incorporó nuevos argumentos relacionados con la nulidad del acto administrativo, estos no modifican los hechos inicialmente sometidos a discusión, por lo cual la excepción de inepta demanda no fue probada.
Procedimiento y sentencia anticipada
El tribunal decidió continuar con el trámite sin realizar las audiencias previstas en los artículos 180, 181 y 182 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), aplicando la figura de la sentencia anticipada, introducida por la Ley 2080 de 2021. De esta manera, se fijó el litigio y se abrió traslado para que las partes presenten sus alegatos de conclusión y el Ministerio Público rinda concepto.
Costas y pruebas
No se condenó en costas a la parte demandada debido a la ausencia de pruebas que acreditaran gastos por este concepto. Además, se admitieron las pruebas documentales aportadas por ambas partes, así como los antecedentes administrativos allegados con la contestación de la demanda. Se negó la solicitud de la parte demandante para que la DIAN allegara nuevamente dichos antecedentes, considerándola innecesaria.
Alcance del litigio
El asunto judicial versa sobre la legalidad de la Liquidación Oficial de Revisión y la Resolución que resolvió el recurso de reconsideración relacionado con la declaración de IVA correspondiente al tercer bimestre del año gravable 2017. El litigio se centra en determinar si hubo falta de competencia por la firmeza de la declaración, extemporaneidad del requerimiento especial, aplicación indebida de disposiciones tributarias, imposición improcedente de sanciones y desconocimiento de principios como la buena fe y los sancionatorios.
Finalmente, el tribunal reconoció la personería para actuar en representación de la entidad demandada y dio traslado a las partes y al Ministerio Público para los términos procesales correspondientes, notificándose la providencia conforme a lo establecido en el CPACA. De esta forma, el proceso continuará su curso hasta la emisión de la sentencia definitiva, garantizando el derecho a la defensa y el debido proceso de las partes involucradas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.