El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su sección cuarta, subsección B, admitió la demanda interpuesta por Porsche Colombia S.A.S. contra la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho previsto en el artículo 138 de la Ley 1437 de 2011.
Antecedentes y objeto de la demanda
La demanda se presenta contra dos actos administrativos emitidos por la DIAN: la Resolución Sanción que impuso una sanción por devolución improcedente y ordenó reintegrar un saldo a favor liquidado en la declaración de renta del año gravable 2017; y la resolución que resolvió el recurso de reconsideración interpuesto por la demandante. Competencia y requisitos formales
El tribunal se declaró competente para conocer el caso en primera instancia, conforme a las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y la Ley 2080 de 2021. Se verificó que la demanda cumple con los requisitos formales exigidos por la ley, incluyendo la individualización de pretensiones, exposición de hechos, normas infringidas, pruebas y cuantía estimada. Plazo y admisión
Se constató que la demanda fue presentada dentro del término legal de cuatro meses contado a partir de la notificación del acto que agotó la vía administrativa. En consecuencia, la demanda fue admitida y se ordenó tramitarla por el procedimiento ordinario en primera instancia. Notificaciones y siguientes pasos
Se ordenaron las notificaciones electrónicas correspondientes a la parte demandante, a la DIAN, al Procurador Judicial adscrito al despacho y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. Además, se requirió a la...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles