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Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena saneamiento en proceso contra ADRES por recobros de EPS Sanitas

Proviene de: Sentencias

28 de mayo de 2025 15:23:0

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”, emitió el 2 de mayo de 2025 una providencia para el saneamiento del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por EPS Sanitas contra la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). La demanda buscaba la nulidad parcial de comunicaciones emitidas por ADRES que negaron el pago de mil (1000) recobros por más de mil doscientos setenta y tres millones de pesos, correspondientes a gastos asumidos por EPS Sanitas por coberturas de tecnologías no financiadas por el Plan de Beneficios en Salud (PBS).

Contexto y pretensiones de la demanda

EPS Sanitas demandó a ADRES argumentando que esta última no reconoció ni pagó los gastos incurridos por servicios y tecnologías efectivamente prestados, que no estaban cubiertos por las Unidades de Pago por Capitación (UPC). Solicitó la nulidad parcial de las comunicaciones que negaron dichos pagos, el reintegro de los gastos y de los gastos administrativos correspondientes, así como el pago de intereses moratorios conforme a la tasa máxima establecida para tributos.

Control de legalidad y necesidad de saneamiento

El Tribunal, en ejercicio del control de legalidad previsto en el artículo 207 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), determinó que para evitar nulidades futuras era necesario precisar la competencia en razón de la cuantía, dado que la demanda incluía varias comunicaciones emitidas por ADRES. Se aclaró que el acto administrativo definitivo en estos casos corresponde a cada comunicación individual emitida por ADRES que aprueba, aprueba parcialmente o niega los recobros. Por ello, se dejó sin...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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