Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechaza demanda por incumplimiento de requisito de procedibilidad en protección de derechos colectivos

Proviene de: Sentencias

28 de mayo de 2025 15:55:41

Contexto y antecedentes del caso

Los demandantes presentaron una acción popular contra la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, el municipio de San Antonio del Tequendama y otras entidades, señalando que la actividad económica de una granja porcícola generaba contaminación ambiental y afectaciones a la comunidad, debido a la ausencia de sistemas adecuados para el manejo de residuos líquidos y sólidos. Tras la presentación inicial, el juzgado administrativo correspondiente inadmitió la demanda y ordenó la subsanación de defectos, incluyendo la presentación de constancias que acreditaran la reclamación previa ante las autoridades competentes, como lo exige el artículo 144 del CPACA.

La inadmisión y subsanación insuficiente

El tribunal destacó que los demandantes no cumplieron con el requisito fundamental de presentar la reclamación previa a las autoridades para que adoptaran las medidas necesarias para proteger los derechos colectivos. Aunque se aportaron documentos relacionados con quejas y solicitudes de verificación ante la Corporación Autónoma, estos no constituyeron una reclamación formal que cumpliera con los elementos mínimos exigidos por la ley. Además, la subsanación presentada no precisó de manera clara y concreta las acciones u omisiones que motivaban la petición, ni cumplió con los términos establecidos para tal efecto.

Fundamento jurídico y decisión final

El tribunal recordó que el requisito de procedibilidad contemplado en el inciso tercero del artículo 144 del CPACA es un presupuesto indispensable para la admisión de la acción popular y busca fomentar un diálogo previo entre el ciudadano y la administración para evitar procesos judiciales innecesarios. Se enfatizó que la excepción a esta exigencia solo aplica en casos donde exista un...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Medio Ambiente

No se encontraron sugerencias